FUNDAMENTOS DE LA

LEY 10113

 

Por la presente ley se declaran de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en el denominado “Barrio Achalay” del Partido de Quilmes, que resultan individualizados en el artículo 1º.

En su orden, como consecuencia de la sanción de la Ley 7171 en el año 1965 y su modificatoria 7284 del año 1967, fueron declaradas de utilidad pública y sujetas a expropiación 64 parcelas ubicadas en el mencionado lugar, desistiéndose posteriormente del trámite expropiatorio con relación a 35 de ellas.

En la actualidad, respecto de 11 de las parcelas comprendidas dentro de las que fueron liberadas de la expropiación, se ha planteado una grave situación que afecta, no sólo a legítimos adquirentes que no han podido perfeccionar el dominio de los inmuebles que ocupan por la existencia de impedimentos jurídicos imputables al titular del derecho real, sino que también hace peligrar la obra de la entidad vecinal que desarrolla su acción en la zona, mediante actividades de importante beneficio comunitario que se cumplen en instalaciones construídas en algunas de las parcelas en cuestión.

Tales circunstancias, así como las implicancias sociales de la situación existente, hacen que el Gobierno de la Provincia haya considerado ineludible proceder a la sanción de la presente ley.