DECRETO-LEY 9069/78
LA PLATA, 2 de JUNIO de 1978.
VISTO lo actuado en el expediente número 2240-374/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 1.1. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Los Oficiales en actividad de las Fuerzas Armadas destacados para prestar servicios en la Policía de la Provincia de Buenos Aires, cumplirán las misiones y funciones de carácter transitorio asignadas conforme a la reglamentación de la presente Ley.
ARTÍCULO 2.- Facúltase al Jefe de Policía de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con la reglamentación a que alude el artículo anterior, a asignar a los Oficiales mencionados en el mismo, las misiones y funciones que cumplirán en el ámbito de dicha Institución por el tiempo de vigencia de la comisión de servicios.
ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.