DECRETO-LEY 8068/73
Declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación inmueble ubicado en la localidad de General San Martín.
LA PLATA, 21 de MAYO de 1973.
VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 717/971, artículo 1º, apartado 5.2. y la Política Nacional 128, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de General San Martín, Partido del mismo nombre, sito en la calle Roca entre Juárez y Lincoln, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 19, Parcela 4, con una superficie de 374,98 m2, de propiedad de Rafael Pardo Rosales o de quien o quienes fueren sus legítimos titulares dominio.
ARTÍCULO 2.- El inmueble cuya expropiación se dispone por el artículo anterior será destinado para la instalación de dependencias judiciales.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con cargo a los créditos que posee la jurisdicción 10 -Poder Judicial- en el presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y al "Boletín Oficial", y archívese.