FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9938

 

La Ley 9416 de fecha 4 de Septiembre del año 1979, fue sancionada con el fin de regularizar situaciones originadas por la ocupación irregular de lotes de distintas colonias, apartándose a esos únicos efectos del sistema regulado por el Código Rural.

Los ocupantes beneficiados con dicha legislación, lo eran aquéllos que acreditaran haber estado al frente de la explotación por un término no inferior a cinco (5) años anteriores a la fecha de sanción de la citada ley.

La modificación dispuesta por la presente, flexibiliza el sistema vigente con el fin de lograr la regularización ocupacional en distintos lotes incorporados al régimen e colonización oficial del Código Rural, haciendo extensiva la probabilidad  de acogimiento para aquellas ocupaciones posteriores a la fecha indicada en la Ley 9416.

Este sistema, que funcionará como excepción, tiene por objeto sanear situaciones ocupacionales preexistentes, reduciendo solamente el plazo de explotación del inmueble a dos (2) años anteriores al 31 de Marzo de 1983, pues respecto al resto de los requisitos, el adjudicatario deberá cumplimentar la totalidad de los prescriptos por el artículo 72 y concordantes del Código Rural.

Al sanearse la situación en cuanto a la titularidad por el régimen que se implementa, se reduce a su vez el término para la incorporación de nuevos contribuyentes, en este caso productores, al Fisco Provincial.