DECRETO-LEY 10050/83

 

Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 10165.

 

La Plata, 13 de octubre de 1983.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2403-12.761/82 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Dónase a la Provincia del Chaco los equipos de generación termoeléctrica y planta integrada que formaban parte de la Central Termoeléctrica Puerto de Mar del Plata, compuestos por:

 

a)      1 Turbogenerador marca General Electric de 5000 Kw de potencia, completo con sus servicios auxiliares, torre de refrigeración, tableros de comando, cañerías, instrumentación, ciclo térmico, etc.

b)      1 Turbogenerador marca Brown Boveri de 3000 Kw de potencia, completo con sus servicios auxiliares, tableros de comando, cañerías, instrumentación, ciclo térmico, etc.

c)      2 Calderas Babcock y Wilcox de 21 tn/hora de producción de vapor cada una, 30 Kg/cm2 de salida de vapor de sobrecalentador 404° C, completos, con sus servicios auxiliares.

d)  Celdas de alta tensión, transformadores, tableros de servicio interno, etc.

d)      (Inciso derogado por ley 10.165)

 

ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.-