DECRETO-LEY 9441/79
LA PLATA, 26 de OCTUBRE de 1979.
VISTO lo actuado en el expediente número 2600-37.838/67 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en el Partido de Lomas de Zamora, nomenclados catastralmente como: Circunscripción XII, Sección C, Manzana 24, Parcelas 23, 24, 25, 26, 27-a y 27-b, inscripto su dominio al Folio 1201 del año 1958, del Registro del citado Partido, propiedad de Cayetano Di Lieto, Cayetano Di Lieto (hijo), María López y Omar Edgardo Zaffora, respectivamente, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio.
ARTÍCULO 2.- Los inmuebles descriptos en el artículo anterior, serán destinados a la prestación de servicios educativos.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto 1979, Carácter 1 - Jurisdicción 07 - Unidad de Organización 1 - Ítem 01 - Finalidad 4 - Función 02 - Programa 05 - Sección 2 - Sector 05 - Partida Principal 09 - Partida Subprincipal 4.
ARTÍCULO 4.- Deróganse las Leyes 7529 y 8349.
ARTÍCULO 5.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.