FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8871
La ley adjunta dispone la donación al Obispado de San Isidro –Parroquia de Nuestra Señora del Carmen- de una fracción de tierra fiscal ubicada en el Barrio “Villa del Carmen”, jurisdicción del Partido de San Fernando.
La aludida fracción, identificada catastralmente como: Circunscripción VII, Sección H, Manzana 22, Parcela 12, constituye una reserva de uso público, sin cargo específico, de propiedad de la Provincia de Buenos Aires por imperio de la Ley 3487, habiéndose inscripto su dominio al Folio 494, año 1969, del Registro del Partido mencionado.
Dicha Parroquia requiere el referido bien inmueble a efectos de destinarlos a levantar un Centro Misional, ya que se posibilitará de esa manera el trabajo en común entre la Iglesias y la comunidad de acuerdo a los objetivos de evangelización, para el bienestar espiritual y material de los habitantes de la zona.
Considerando la finalidad expuesta que presupone un indudable beneficio de orden espiritual, moral y educativo para la población del lugar, el Estado Provincial accede mediante la sanción de la presente ley a la solicitud interpuesta.