Fundamentos de la

Ley 14478

 

Traemos a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados y del Senado de la provincia de Buenos Aires, este proyecto de ley que propone la expropiación de un inmueble a favor de la municipalidad de Saladillo.

En el marco del proyecto de Red Cloacal y Planta de Tratamiento para la localidad de Del Carril, partido de Saladillo, y conforme lo acordado con el Servicio provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (SPAR), resulta necesario disponer de un predio que posibilite la concreción de esta obra tan anhelada y esperada por la comunidad de Del Carril.

El inmueble en cuestión reúne las condiciones necesarias para cumplir el fin para el cual se pretende expropiar, toda vez que posee una superficie de dos hectáreas y setenta y cinco áreas (2,75 has.) y se localiza a una prudente distancia de la zona urbanizada de la localidad de Del Carril (2,8 kilómetros) y del arroyo Saladillo (600 metros) –cuerpo receptor del agua tratada de la planta.

Téngase en cuenta, además, que las sumas a abonarse en concepto de pago de precio por la expropiación, serán aportadas por la municipalidad de Saladillo.

Es por ello, por la importancia de la obra a realizarse, la indisponibilidad de otro predio, las condiciones y características que reúne el inmueble en cuestión, la no afectación al presupuesto provincial y la proximidad de la licitación de la obra a ejecutarse (para lo cual se requiere como recaudo previo ineludible la existencia de un predio destinado a tal fin) que solicitamos se dé tratamiento al proyecto adjunto, sancionándose la ley por medio de la cual se podrá llevar adelante esta preciada obra que mejorará, sin dudas, la calidad de vida de todos los habitantes de la localidad de Del Carril.

Por todo lo expuesto, solicitamos a los señores legisladores, que acompañen con su voto afirmativo a la presente iniciativa.