LEY 4663

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública las tierras necesarias para la formación de los ejidos de los pueblos de Caseros (Daireaux), Pellegrini, Carlos Tejedor y Rivadavia (América).

 

ARTÍCULO 2.- Decláranse indispensables para los fines enunciados las siguientes tierras:

En Caseros:

Campo de Laura y Sara Pereyra Iraola, con una superficie de 8.750 hectáreas y cuyos linderos son: al N.O., campo de Pedro Achával y María L. de Juanto; al S.O., con campo de Pedro Achával y María Roca de Demarchi; al S.E., campo de la señorita Teresa y otros y al N.E., con campos de Ginestet Hermanos y sucesión Daireaux Molina.

Campo de Atilio y Juan Cánepa, con una superficie de 825 hectáreas y cuyos linderos son: al N.O., con chacras del pueblo; al S.O., con quintas del mismo pueblo; al S.E., las vías del Ferrocarril del Sud y al N.E., con chacras pertenecientes al partido de Bolívar.

Campo de María L. Daireaux de Celign, con una superficie de 1.435 hectáreas y cuyos linderos son: al N.O., con quintas y chacras del mismo pueblo; al S.O., con campo de Laura y Sara Pereyra Iraola y quintas del pueblo; al S.E., con Carlos G. Daireaux y al N.E., con la sucesión de don Jaime Daireaux Molina. (De este campo debe deducirse lo que ya está subdividido).

Campo de María J. T. de De Latorre, con una superficie de 434 hectáreas y cuyos linderos son: al N.O., con Francisco Dorignac; al S.O., Ginestet Hermanos; al S. E.; con quintas del mimo pueblo y al N.E. también con quintas del mismo pueblo.

Campo de Francisco Dorignac con una superficie de 530 hectáreas y cuyos linderos son: al N.O., con Francisco Dorignac; al S. O., con Ginestet Hermanos; al S. E., con María J. T. de De Latorre y al N. E., con campos frente al camino a Lavalle.

Campo de María L. de Juanto y otros, con una superficie de 1.500 hectáreas y cuyos linderos son: al N.O., con María L. de Juanto y otros; al S.O., con Adolfo Suberbhuler; al S.E., y al N.E., frente al camino a la Estación Lavalle.

Campo de Adolfo Suberbhuler, con una superficie de 1.500 hectáreas y que linda: al N.O., con Adolfo Suberbhuler; al S.O., Sociedad A. Negro M. de G.y varios; al S.E., frente al camino a la Estación Lavalle y al N.E., con María L. de Juanto y otros.

Campo de la Sociedad A. Negro M. de G., con una superficie de 836 hectáreas y cuyos linderos son: al N.O., con la Sociedad A. Negro M. de G. y varios; al S.O., con Pedro Achaval; al S.E., con Luís Pereyra Iraola y Ginestet Hermanos y al N.E., con Adolfo Suberbhuler, Francisco Dorignac y Ginestet Hermanos.

Campo de A. y A. Ginestet, con una superficie de 490 hectáreas y cuyos linderos son: al N.O., Sociedad A. Negro M. de G. y Francisco Dorignac; al S.O., Sociedad A. Negro M. de G. y Laura y Sara Pereyra Iraola; al S.E.., varios y quintas del pueblo y al N.E., María J. T. de  De Latorre y Francisco Dorignac y otros.

Campo de Isabel Z. de Chimondegui, con una superficie de 1.000 hectáreas y cuyos linderos son: al N.O., con campo Brana; al S.O, Ricardo Echagaray y Juana Brana e hijos; al S.E. Sociedad A. Negro M. de G. y al N.E. Adolfo Suberbhuler.

Campo de María Roca de Demarchi, con una superficie de 3.000 hectáreas y linda por los cuatro costados con la misma señora María Roca de Demarchi.

 

En Pellegrini:

Lote número 1, de Ana A. Oscamau y otros, con una superficie de 2.500 hectáreas y linda, al N.O., calle en medio con Francisco Mato y Bernardo Garat; al N.E., calle en medio con varios al S.E., con E. Gardé y J. Kipp y al S.O., calle en medio con Ernesto Byrnes.

Lote número 2, de E. Gardé y J. Kipp, con una superficie de 2.500 hectáreas y linda: al N.O, calle en medio con el lote número 1, de Ana A. Oscamau y otros; al N.E., calle en medio con varios; al S.E. con una fracción de campo de Jorge Santamarina; y al S.O., calle en medio con otra fracción de los mismos señores E. Gardé y J. Kipp.

Lote número 3, de A. M. P. de Drysdale y otros, con una superficie de 7.473 hectáreas y linda: al N.O., calle en medio con el lote de campo subdividido de Ruiz, Galán y Cía.; al N.E., calle en medio con campo de Feliciana Vecino y Martínez y en parte con campo de Saverio Molfeso, Vicente La Menza y otros; al S.E., calle en medio con campo de A. Lernoud y Honorio Pueyrredón; y al S.O., calle en medio con campo de Jorge Santamarina.

Lote número 4, de Feliciana Vecino y Martínez, con una superficie de 3.250 hectáreas y linda: al N. O., calle en medio con Saverio Molfeso, Vicente La Menza y otros; al N.E., calle en medio con Hermenegildo García Verde; al S.E., calle en medio con varios y al S.O., con campo de A. M. P. de Drysdale y otros.

Lote número 5, de F. R. Leloir, con una superficie de 600 hectáreas y linda: al N.O., con Hortensia A. de Leloir; al N.E., con Alberto Leloir; al S.E., con Pedro Fernández y Emilio Tamame; y al S.O., con Guillermo Boulenaz; estos dos últimos rumbos calle en medio.

Lote número 6, de Alberto Leloir, con una superficie de 600 hectáreas y linda: al N.O., con Federico y Alejandro Leloir; al N.E., calle en medio con María B. de Aguirre; al S.E., calle en medio con Ruiz, Galán y Cía. y Antonio La Menza; y al S.O., con F. R. Leloir.

Lote número 7, de Federico G. y Alejandro Leloir, con una superficie total de 1.930 hectáreas y linda: al N.O., con Julia Vecino y Martínez; al N.E., con campo de los mismos señores Leloir y María B. de Aguirre, ambos rumbos calle en medio; al S.O., con Hortensia Aguirre de Leloir y al S.E., con Alberto Leloir.

Lote número 8, de Hortensia Aguirre de Leloir, con una superficie de 1.999 hectáreas y linda: al N.O., calle en medio con Julia Vecino y Martínez; al N.E., con campo de Federico G. y Alejandro Leloir; al S.E., con F. Leloir y al S.O., calle en medio con varios lotes de Hortensia A. de Leloir, Pedro Berterreix y Martín Etcheverry.

Lote número 9, de Julia Vecino y Martínez, con una superficie de 2.500 hectáreas y linda: al N.O., con Alberto Bianchi y Martín B. Etcheverry; al N.E., con Matilde Black de Ruiz y Guillermina Black de Ruiz; al S.E., calle en medio con Hortensia Aguirre de Leloir y Federico G. y Alejandro Leloir; y al S.O., calle en medio con Balesty Bolster y Hnos.

Lote número 10, de Balesty Bolster y Hnos., con una superficie de. 2.500 hectáreas y linda: al N.O., con Casimiro Bouissou y María Erramouspe de Alvarez; al N.E., con Julia Martínez Vecino; al S.E., con lote de M. B. Etcheverry, J. J. Gianello, José Bauducco y Antonio Beretta; y al S.O., con Antonio Beretta y León Beretervide, todos los rumbos calle en medio.

 

En las proximidades de la estación Tres Lomas:

Lote número 1, de José R. Naveira, con una superficie de 9.920 hectáreas y linda: al N.O., con Feliciana y Julia Vecino y Martínez y Adela S. de Byrnes; al N.E., con el camino deslinde del Partido de Trenque Lauquen; al S.E., con campos de Arnoldo Mazzino y María de la Plaza de Arias Moreno; y al S.O., con varias chacras y quintas de Tres Lomas, todos los rumbos calle en medio.

Lote número 2, de María de la Plaza de Arias Moreno, con una superficie de 14.600 hectáreas y cuyos linderos son: al N.O., con campos de José R. Naveira y Arnoldo Mazzino; al N.E., con camino deslinde del Partido de Trenque Lauquen; al S.E., con campo de Francisco Zubillaga; y al S.O., con campos de José Montes e Hijos Ltda. y César J. Guerrico, todos los rumbos calle en medio.

 

En Carlos Tejedor:

Campo de propiedad de la Sucesión Santiago Capdepont, con una superficie de 4.328 Hs., 70 As., campo de propiedad de Alberto H. Almirón, con una superficie de 1.048 Hs.; campo de propiedad de Aurelio S. Acuña, con una superficie de 991 Hs., 3 .As., 99 cs.; campo de propiedad de J. J. E. e I. de Beloqui y otros, con una superficie de 847 Hs. 23 As. 16 cs.; campo de propiedad de Dolores M. Barros, con una superficie de 687 Hs. 70 As.; campo de propiedad de la Sucesión Lorenzo Carbajal, con una superficie de 650 Hs. 2 As. 17 cs. y campo de propiedad de María A. de Barabino, con una superficie de 500 Hs. 50 As.

 

En Rivadavia:

Campo de propiedad de la Sucesión Martín Arbelbide, con una superficie de 809 Hs. 54 As.; campo de propiedad de Ignacio Mendía, con una superficie de 249 Hs. 2 As.; campo de propiedad de Juan Mendía, con una superficie de 242 Hs. 7 As. 40 cs.; campo de propiedad de la Sucesión Camino, con una superficie de 444 Hs. y campo de propiedad de la Sucesión Aguirre Hermanos, con una superficie de 489 Hs. 74 As. 88 cs.; campo de propiedad de Godofredo Hess, con una superficie de 1.751 Hs. 89 As. 17 cs.; chacras de propiedad de Pedro Lacau, con una superficie de 2.472 Hs. 188 As. 40 cs.; chacras, de propiedad de la Sucesión Víctor Barrena, con una superficie de 1.377 Hs. 75 As.; chacras de propiedad de Pedro Pedelaborde, con una superficie de 695 Hs. 49 As.; chacras de propiedad de Carlos Fernández, con una superficie de 1.200 Hs.; y chacras de José R. Busso, con una superficie de 1.549 Hs. 73 As. 60 cs., y además todas las tierras no subdivididas, comprendidas entre las mencionadas.

 

ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo procederá a la expropiación de la tierra mencionada, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Expropiaciones.

 

ARTÍCULO 4.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar los estudios necesarios para el fraccionamiento de las indicadas tierras en solares, quintas y chacras, a objeto de venderlas luego para pagar en largos plazos.

 

ARTÍCULO 5.- El Poder Ejecutivo dejará sin efecto la expropiación, si los propietarios afectados por ésta Ley, quisieran hacer voluntariamente y en el término de noventa (90) días, a contar desde su promulgación, la subdivisión de sus respectivas propiedades, de acuerdo con lo que establece el artículo anterior. La fecha del remate será fijada por el Poder Ejecutivo, de acuerdo con el propietario. Si alguno de los propietarios optara por el remate de su propiedad dentro de las condiciones establecidas y luego desistiera de su ejecución, incurrirá en multa de pesos veinte mil moneda nacional, destinada a sufragar los gastos originados.

 

ARTÍCULO 6.--Para el pago de esas expropiaciones el Poder Ejecutivo podrá hacer uso del crédito, garantizándolo con las mismas tierras o financiando las operaciones pertinentes en la forma que creyera posible y dando, cuenta a la Legislatura si así correspondiera.

 

ARTÍCULO 7.- Queda facultado el Poder Ejecutivo, si lo creyere conveniente para mejor cumplimiento de esta Ley, a dar intervención al Instituto Autárquico de la Colonización de la Provincia de Buenos Aires creado por Ley número 4418.

 

ARTÍCULO 8.- Los gastos que demande el cumplimiento de esta Ley que se declara de urgencia, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma, y se reintegrarán con el producido de la venta de las tierras expropiadas.

 

ARTÍCULO 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.