LEY 7120
Decláranse cumplidas y extinguidas las obligaciones contraídas con motivo de la atención hospitalaria recibida en las Plantas Piloto Nº 1 Y 2.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Decláranse cumplidas y extinguidas las obligaciones contraídas con motivo de la atención hospitalaria recibida en las Plantas Piloto Nº 1 y 2, Hospital Mar del Plata y Gonnet.
ARTICULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer la devolución de la documentación suscripta con motivo de las obligaciones a que se refiere el artículo anterior.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.