LEY 7120

 

Decláranse cumplidas y extinguidas las obligaciones contraídas con motivo de la atención hospitalaria recibida en las Plantas Pi­loto Nº 1 Y 2.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Decláranse cumplidas y extinguidas las obligaciones contraídas con motivo de la atención hospitalaria recibida en las Plan­tas Piloto Nº 1 y 2, Hospital Mar del Plata y Gonnet.

 

ARTICULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer la devo­lución de la documentación suscripta con motivo de las obligaciones a que se refiere el artículo anterior.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.