LEY 5956
Acordando subsidio a la Biblioteca Popular “José Ingenieros” de Nueve de Julio.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Acuérdase, con carácter de subsidio y por ésta única vez, la suma de cuatrocientos mil pesos moneda nacional ($ 400.000m/n), a la Biblioteca Popular “José Ingenieros”, que funciona en la ciudad de Nueve Julio, cabecera del Partido del mismo nombre, destinada a solventar las erogaciones que demanden las obras de terminación de su edificio propio.
ARTÍCULO 2.- Los fondos para atender el gasto que reclame el cumplimiento de ésta Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.