LEY 6945
Expropiación para ampliación de la Escuela 39 del paraje Tapiales, partido de La Matanza.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la calle Martín Altolaguirre entre las de Donovan y Los Nogales, del paraje Tapiales, partido de La Matanza, designado catastralmente como Circunscripción III, Sección K, Manzana 557, Parcela 38, y según Título como Manzana 6, Lote 36, con superficie de 377,50 m2, inscripta en el Registro de la Propiedad, al folio 3.520, del año 1959, a nombre del señor Roque D'Agostino o quien o quienes resulten sus actuales propietarios, con destino a la ampliación del edificio fiscal de la Escuela Nº 39, de la citada localidad.
ARTÍCULO 2.- La presente Ley se apartará de lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley 5708, Ley General de Expropiaciones.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.