Fundamentos de la Ley 12628

 

            La sanción de la ley 12.522 ha tenido como fin último dar respuesta a las pretensiones legítimas de los trabajadores que se desempeñan en los establecimientos hospitalarios de nuestra Provincia y que revistiendo calidad de becarios asistenciales fueran incorporados a los planteles del Ministerio de Salud con carácter de interinos conforme el Decreto 233/99.

            Sin embargo, su aplicación práctica conforme fuera promulgada no resulta abarcativa a la mayoría de los agentes que revisten ese carácter en la actualidad.

            Al ser de aplicación únicamente a aquellos que hubieran sido designados como interinos al 31 de diciembre de 1998, quedan excluidos todos los que, en idénticas condiciones fueran incorporados a los planteles por aplicación de los Decretos 2713/99 de fecha 1 de mayo de 1999 y 730/00 dictado con fecha 1 de enero del corriente año y que cuentan con más de 2 años de antigüedad como becarios al momento del dictado de los decretos referenciados.

            Es por ello que resulta de absoluta justicia y equidad la modificación al texto legal, tal como se propugna, solicitando en consecuencia la aprobación del proyecto de ley que se acompaña.