Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N° 516
VISTO el Decreto N° 220/14, y
CONSIDERANDO
Que por la citada norma se declaró la emergencia en materia de seguridad pública en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires por el término de doce (12) meses;
Que a fin de resguardar la vida y los bienes de las
personas – entre otras mediadse convocó en forma obligatoria al personal de las
Policías de
Que la citada norma delegó en el Ministro de Seguridad el dictado de medias que tiendan a la implementación y determinación del alcance de la convocatoria referida;
Que en virtud del mandato asignado deviene necesario fijar los parámetros que posibiliten –en una primera etapa- la ejecución de la mentada convocatoria; la que abarcará a aquellos efectivos en retiro activo cuyos antecedentes resulten inobjetables;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE
ARTÍCULO 1º.- Llamar a prestar servicios por el plazo de
doce (12) meses a la totalidad del personal policial de la provincia de Buenos
Aires en situación de retiro activo del Escalafón Suboficiales y Tropa según
Decreto-Ley N° 9550/80, Subescalafón
General según Ley N° 13.982, y Oficiales hasta el
grado de Teniente 1° inclusive según Ley N° 13.201,
en los términos del artículo 65 inciso a) de
ARTÍCULO 2º.- Instruir a
ARTÍCULO 3º.- Encomendar a
ARTÍCULO 4º.- Requerir colaboración del Ministerio de Salud a fin de posibilitar la realización de los estudios que la reincorporación a la actividad amerita, en establecimientos dependientes de su jurisdicción.
ARTÍCULO 5º.- Encomendar a
ARTÍCULO 6°.- Encomendar a
ARTÍCULO 7º.- Aprobar el contenido de los “Requerimientos de Convocatoria” que como Anexo I Forma parte de la presente.
ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín
Oficial y en el Boletín Informativo y pasar a
Alejandro S. Granados
Ministro de Seguridad
ANEXO I
REQUERIMIENTOS DE CONVOCATORIA
1) DEL PERSONAL CONVOCADO
El personal convocado debe:
a) Revistar en situación de Retiro Activo.
b) Contar con la conformidad de
c) Poseer condiciones de aptitud psicofísicas, conforme lo
determine
d) Presentar certificado de antecedentes.
2) DE
Secretaría de Derechos Humanos de
Las Jefaturas Departamentales procederán a notificar al
personal convocado mediante cédula de notificación (a tenor del procedimiento
establecido por el artículo 65 del Decreto-Ley N°
7647/70) librada al domicilio real del mismo con expresa constancia del
carácter obligatorio de la convocatoria y trascripción del artículo 65 inc. a)
de
C.C. 6.109