LEY 11499

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE


LEY


ARTICULO 1.-
Amplíanse los alcances del artículo 1° de la ley 11.122, declarando de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes muebles, equipamiento y material médico, afectados al funcionamiento del Hospital “Doctor Zenón Videla Dorn” de la localidad de San Miguel del Monte, perteneciente a la Sociedad Damas de Beneficencia y/o quien resulte su legítimo propietario, que como Anexo I forman parte de la presente.

 

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 NOTA: El Anexo I puede ser consultado en su versión PDF.