Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 596
VISTO el Decreto Nº 1497/10, convalidado por Ley Nº 14.331 y prorrogado por Decreto nº 1733/11-, por el cual el Sr. Gobernador autoriza por el término de un (1) año al Ministerio de Justicia y Seguridad para que proceda a la convocatoria del personal del Escalafón Cuerpo General del régimen del Decreto- Ley Nº 9.578/80 que revista en situación de retiro efectivo voluntario, con el objeto de cumplir funciones de seguridad en materia de custodia de edificios públicos y traslado de detenidos, y
CONSIDERANDO:
Que por resoluciones de este Ministerio de Justicia y Seguridad Nº 146/10, 1172/10, 2646/10, 258/11, 506/11, 13011/11, entre otras, se han realizado oportunamente convocatorias a los fines mencionados;
Que la colaboración activa prestada por los agentes convocados, ha resultado ser una herramienta fundamental a fin de reorientar eficazmente los recursos policiales para el cumplimiento de sus tareas específicas;
Que dicha participación ha
posibilitado al Gobierno Provincial incrementar en forma progresiva el número
de efectivos policiales asignados a tareas de prevención de delitos, resultando
como consecuencia un valioso aporte que redunda en un mejoramiento de la
seguridad de todos los habitantes de
Que el artículo 2º del Decreto 1.497/10, dispone para los agentes que resulten convocados una compensación de carácter no remunerativo, no bonificable, cuyo monto será determinado en las normas complementarias de dicho Decreto;
Que en consideración de esa
experiencia valiosa y en consonancia con la política de aumentos salariales que
Que para dicho cometido deviene necesario readecuar el monto oportunamente establecido por la resolución de esta cartera Nº 2794 del 29 de diciembre de 2010;
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Disponer a partir del 1º de abril de 2012 que el monto mensual de la compensación especial de carácter no remunerativo no bonificable a abonarse a los agentes convocados en el marco del Decreto Nº 1497/10 convalidado por Ley Nº 14331 y prorrogado por Decreto Nº 1733/11, asciende a la suma de pesos tres mil setecientos ($3.700), conforme los motivos expuestos en los considerandos del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Ricardo Casal
Ministro de Justicia y Seguridad
C.C. 4.585