Fundamentos de la Ley 12437

 

 

            El presente proyecto modifica el artículo 17 de la Ley 10.737 que establece el régimen de pago de becas para estudiantes universitarios o terciarios.

            De acuerdo a la norma vigente, la determinación del valor de la beca consiste en un porcentaje sobre el "sueldo básico y gastos de representación" del secretario de Cámara, que surge de la aplicación del 3,5% sobre dicha remuneración.

            Por otra parte, este proyecto intenta adecuar la redacción hoy vigente, ya que la norma mencionada como remuneración del secretario de Cámara, gastos de representación, concepto que no integra actualmente los haberes de dicho funcionario. Por lo tanto, la redacción del artículo nuevo refiere solamente a "sueldo básico".

            Asimismo, el presente proyecto, incorpora un párrafo que establece la modalidad de otorgar medias becas de un valor equivalente al 50% de las referidas en el artículo vigente.

            Este nuevo tipo de beca facilitará el otorgamiento a mayor cantidad de beneficiarios, sobre todo en aquellos casos que la necesidad puede ser satisfecha con un importe menor.

            Por todo lo expuesto, solicito a los señores senadores acompañen con su voto favorable el presente proyecto de ley.