Provincia de Buenos Aires

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

Resolución Nº 27/18

 

LA PLATA, 8 de Febrero de 2018.

 

VISTO el expediente Nº 2100-10177/17 por medio del cual tramita la aprobación del Acta Complementaria del Acuerdo Específico Complementario suscripto entre la Secretaría General de la Provincia y la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) del Acuerdo Marco -Decreto N° 1470/04-, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto N° 1470/04 ratifica el Acuerdo Marco suscripto entre la provincia de Buenos Aires y diversas Universidades Nacionales radicadas en su territorio, entre las cuales se encuentra la Universidad Nacional de La Plata;

 

Que por el mentado Acuerdo, las partes signatarias establecieron una relación de cooperación y asistencia mutua, mediante la cual las Altas Casas de Estudio involucradas se comprometen a brindar apoyo técnico, académico e investigativo, en el entendimiento de que la modernización del Estado requiere del abordaje integral y participativo de la totalidad de las estructuras del Estado y Organismos públicos y privados;

 

Que con posterioridad, por Resolución N° 63/04 se ratificó el Acuerdo Específico Complementario N° 377 y su Addenda N° 386, a través de la cual la Secretaría General y la Universidad Nacional de La Plata se propusieron fijar mecanismos institucionales para instrumentar la colaboración pactada en el Acuerdo Marco referenciado;

 

Que en tal escenario, la Dirección de Informática y Tecnologías Móviles impulsa la aprobación del Acta Complementaria celebrada con fecha 6 de noviembre de 2017;

 

Que el instrumento en cuestión surge a partir de la necesidad de atender la problemática ambiental que los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs) representa, la cual requiere de mayor atención en el ámbito de esta Secretaría de Estado, ya que como unidad orgánica administrativa representa un foco de gran acopio de tales equipamientos;

 

Que por lo tanto, aquélla tiene por objeto articular acciones que favorezcan la recuperación del equipamiento informático en desuso y su posterior reutilización con fines sociales, o su disposición final segura;

 

Que tales tareas vienen siendo desarrolladas por la Universidad Nacional de La Plata a través del Programa “e-basura”, mediante el cual recibe equipamiento informático en desuso de particulares, empresas, organismos públicos e Instituciones, los restaura, reacondiciona y reutiliza con destino a instituciones de bien público y sin fines de lucro de todo el país, siendo sus objetivos la reducción de la brecha digital, la equidad social y la protección ambiental;

 

Que se encuentra plenamente vigente la Ley N° 14.321 que establece pautas para la gestión sustentable de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, sirviendo de sustento para propiciar la aprobación del mencionado Acuerdo, con el fin de mitigar el impacto ambiental causado por dichos Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE) desechados, generando soluciones sustentables y eficientes;

 

Que en virtud de lo expuesto, importando la presente una medida que conlleva beneficios para las partes signatarias involucradas como para la ciudadanía, quien gozará de los resultados finales que el programa implica, se considera oportuno y conveniente aprobar el Acta Complementaria celebrada;

 

Que ha intervenido el Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable;

 

Que ha dictaminado Asesoría General de Gobierno;

 

Que la presente gestión encuadra en el Decreto N° 1470/04 y en la Resolución N° 63/04;

 

Por ello,

 

EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE

EL DECRETO Nº 1470/04 EL SECRETARIO GENERAL,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar el Acta Complementaria del Acuerdo Específico Complementario suscripto entre la Secretaría General y la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) del Acuerdo Marco -Decreto N° 1470/04-, que como Anexo Único (IF-2017-04699019-GDEBA-DTJSGG), forma parte integrante de la presente.

 

ARTÍCULO 2º. Establecer que la Dirección de Informática y Tecnologías Móviles actuará como contraparte y administrará la relación con la Universidad Nacional de La Plata.

 

ARTÍCULO 3°. Invitar al resto de las jurisdicciones integrantes de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada, y a los organismos de control provinciales a participar de la iniciativa impulsada.

 

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en la Secretaría General de Gobierno.

 

Fabián Perechodnik

Secretario General de Gobierno

 

C.C. 1421