DECRETO N° 750/2021
LA PLATA, 15 de Septiembre de 2021
VISTO el expediente EX-2021-18080269-GDEBA-DEOPISU del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana, por el cual se gestiona la designación de Hugo Oscar OLGUIN en un cargo de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, y
CONSIDERANDO:
Que por el presente se propicia designar a Hugo Oscar OLGUIN en un cargo de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, a partir del 1° de julio de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, para desempeñar tareas en la Dirección Ejecutiva;
Que el postulante reúne los requisitos legales, idoneidad, mérito y aptitudes necesarios para el desempeño del cargo en que ha sido propuesto;
Que, en consecuencia, procede la afectación presupuestaria de un (1) cargo de la Planta Temporaria, contemplado dentro del Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley Nº 15.225;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la designación se propicia de conformidad con los términos de los artículos 111 inciso d) y 117 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Designar, en la Jurisdicción 1.12.07.14 - ORGANISMO PROVINCIAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA, a partir del 1° de julio de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, como Personal de Planta Temporaria - Transitorio Mensualizado, a Hugo Oscar OLGUIN (DNI N° 16.395.544 - Clase 1963), con una retribución equivalente a la Categoría 5 del Agrupamiento Personal Técnico, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor, para desempeñar tareas en la Dirección Ejecutiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 inciso d) y 117 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente acto administrativo será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15.225 - 1. Sector Público Provincial No Financiero - 1. Administración Provincial - 2. Organismos Descentralizados - Jurisdicción 7 - Jurisdicción Auxiliar 00 - Entidad 14: Organismo Provincial de Integración Social y Urbana - Unidad Ejecutora 411 - Act. Int. COA - Pr 1 - SP 0 - Py 0 - Ac 1 - Ob 0 - Finalidad 3 - Función 7 - Subfunción 0 - FF 11 - UG 999 - Inciso 1 - PPR 2 - Régimen Estatutario 1- Agrupamiento Ocupacional 4 - Técnico - Un (1) cargo.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.