FUNDAMENTOS DE LA LEY 15414

HONORABLE LEGISLATURA: Se somete a consideración de este cuerpo el proyecto de ley que se adjunta para su sanción mediante el cual se regula la venta directa en la provincia de Buenos Aires.

El presente ha sido aprobado en la Honorable Cámara de Senadores el 08/10/2020, ingresando a la Cámara de Diputados el 13/10/2020 y girado a la comisión de Producción y Comercio, donde recibió tratamiento el 27/04/2021 y se aprobó con modificaciones.

La venta directa es la comercialización de bienes de consumo directamente a los consumidores en sus hogares, lugar de trabajo o domicilio de otras personas.

Se caracteriza por realizarse fuera de los locales comerciales establecidos. Usualmente se hace a través de una explicación o demostración de dichos bienes por parte de un cliente revendedor independiente.

Adicionalmente, también atiende a un número significativo de clientes que en verdad son consumidores finales fidelizados (solo compran para ellos mismos, familia y allegados directos) y virtualmente no revenden.

Entre las razones por las cuales una persona podría interesarse para comercializar bienes como revendedor de la venta directa, podemos señalar: Obtener una fuente de ingreso sin barreras de género, edad, educación ni experiencia previa, trabajar en forma temporal o permanente (full-time o part-time), administrando el tiempo de acuerdo a sus posibilidades, tener una oportunidad de generar ingresos, con horarios flexibles, que crece en la medida de su dedicación y que no requiere inversión significativa, acceder a descuentos en los productos, así como entrenamiento sobre su negocio, (opcional y voluntario), reconocimiento y motivación y por último, crecer profesionalmente y personalmente.

La venta directa no es, venta por internet, por teléfono, ni por correo. Estas últimas son formas de venta a distancia. Los contratos a distancia son concluidos a través del uso de uno o más medios de comunicaciones a distancia (sin la presencia física simultanea del proveedor y el consumidor).

La iniciativa legislativa que estamos presentando, tiene como antecedente inmediato la reciente ley aprobada en la Legislatura de la provincia de Santa Fe, impulsada por el diputado socialista Joaquín Blanco.

El principal objeto de la presente es regular la venta directa y/o por catálogo, en la provincia de Buenos Aires, estableciendo derechos para los revendedores y protegerlos así de potenciales estafas y abusos por parte de las empresas de ventas directas.

La iniciativa pretende regular la relación jurídica entre partes, y establece prohibiciones contractuales siempre en protección del revendedor.

Como punto a resaltar, se crea el Registro de Empresas de Venta Directa que operen en territorio provincial.

Se deja en manos del Poder Ejecutivo provincial, la determinación de la autoridad de aplicación del marco normativo, y la regulación de las sanciones que se impongan a los infractores de la ley.

Por todo lo expuesto, solicito a las señoras senadoras y a los señores senadores que acompañen con su voto positivo la presente iniciativa.