Fundamentos de la

Ley 10404

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

            Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad un proyecto de ley por el cual se prorroga por un (1) año, a partir del 1 de enero de 1986, el permiso concedido al señor Gobernador para ausentarse del territorio provincial en forma temporaria, sin necesidad de cumplimentar dicho requisito en cada caso particular, conforme al artículo 117 de la Constitución Provincial.

            La Ley 10.201 otorgaba tal dispensa el 31 de diciembre de 1984. Fenecido el término, fue sancionada la Ley 10.248 que prorrogaba el permiso por todo el año 1985.

            Finalizado ese período anual, se somete a vuestra consideración el proyecto de ley que prorroga la dispensa concretada para lapsos anteriores por las leyes indicadas, para el año en curso a fin de otorgar al titular del Poder Ejecutivo libre movilidad en el desempeño de sus funciones propias.

 

                                   Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.