DECRETO 951/17 E
LA PLATA, 27 de diciembre de 2017.
Referencia: Exp. N° 2401-2844/2016 s/Aprobación del Proyecto Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ARG 16/013.
VISTO el expediente N° 2401-2844/16 mediante el cual el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos gestiona la aprobación del Proyecto Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ARG 16/013 denominado “Optimización de capacidades de planificación y gestión del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires”, y
CONSIDERANDO:
Que el referido proyecto se origina en el Acuerdo suscripto con el Gobierno de la República Argentina de fecha 26 de febrero de 1985, aprobado por Ley Nacional N° 23396 del 10 de octubre de 1986, reglamentado por el Decreto N° 1834/86, publicado en el Boletín Oficial de la Nación el 18 de febrero de 1987;
Que el citado Acuerdo establece las condiciones básicas que regirán la asistencia para el programa como también sus organismos de ejecución para llevar a cabo los Proyectos de Desarrollo en el país;
Que el Artículo 3° inciso 3, determina que las obligaciones asumidas en el Acuerdo, se extienden a todo convenio que se lleve a cabo entre el Gobierno Argentino y un Organismo de Ejecución sobre un proyecto que reciba el apoyo del PNUD;
Que los documentos del Proyecto, como extensión de un Tratado Internacional, son suscriptos por el Director Nacional del Proyecto, en representación de la Provincia de Buenos Aires, la Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en representación del Gobierno Argentino y por el Representante Residente del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en la República Argentina, por representando a dicho Organismo;
Que las acciones que desarrolle el Organismo Ejecutor en cumplimiento del Proyecto, estarán sujetas a las disposiciones de lo convenido en el marco del Acuerdo Internacional Suscripto;
Que el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos será ejecutor del Programa por intermedio de la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones;
Que el Proyecto traído a aprobación tiene por objeto el aumento de las capacidades de gestión, tanto en el marco de Programas con financiamiento externo, como así también en cuestiones de gestión interna. De esta manera la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones podrá conformar un cuerpo permanente de funcionarios capacitados en la gestión de políticas y recursos públicos, permitiendo incorporar calidad y celeridad en la preparación de proyectos, como así también en la administración de obras públicas cuyos destinatarios resultan poblaciones con un elevado grado de vulnerabilidad social y económica;
Que a fojas 69 toma la intervención de su competencia la Dirección de Control Presupuestario;
Que a fojas 70 toma intervención de su competencia la Dirección de Contabilidad y Servicios Auxiliares;
Que a fojas 73/74 toma intervención de su competencia la Dirección Provincial de Presupuesto Público;
Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Proyecto Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ARG 16/013 denominado “Optimización de capacidades de planificación y gestión del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires”, identificado como Anexo I (IF-2017-03755536-GDEBA-MIYSPGP).
ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Proyecto será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2017 - Ley N° 14879 - Sector Público Provincial no Financiero - Administración Provincial - Administración Central - Jurisdicción 14: Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos -ACE 002- Finalidad 1 - Función 3 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Partida Principal 5 - Partida Subprincipal 9 - Partida Parcial 001 - Partida Subparcial 099; y Ejercicios 2018, 2019 y 2020, en las partidas que a tales efectos aprueben las Leyes de Presupuesto.
ARTÍCULO 3°: Facultar al Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura y Servicios Públicos para representar al Gobierno Provincial ante las autoridades del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en su carácter de Director Nacional del Proyecto.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos y Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 5°: Registrar, notificar al Señor Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Girar al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos. Cumplido archivar.
Roberto Gigante Federico Salvai
Ministro de Infraestructura y Ministro de Jefatura de
Servicios Públicos Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal
Gobernadora
NOTA: El Anexo del presente Decreto puede ser consultado en nuestro Sitio Web en su versión PDF.