DECRETO 2422/97

 

La Plata, 31 de julio de 1997.-

 

VISTO:

Lo dispuesto por el Decreto 1012/97; y

 

CONSIDERANDO:

Que la citada norma aprueba el convenio suscripto entre la Provincia de Buenos Aires y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, destinado a establecer el régimen de otorgamiento de préstamos con Garantía hipotecaria a personal de la Policía Bonaerense;

 

Que tal operatoria este destinada a paliar el déficit habitacional por el que atraviesa gran parte del personal de la mencionada institución;

 

Que dadas las características de las citada operatoria, monto del préstamo, condiciones de pago, la misma esta dirigida al personal con mayores necesidades económicas;

 

Que ello construye una respuesta eficaz de la provincia a la necesidad de facilitar a esos servidores públicos el acceso a una vivienda digna;

 

Que resulta entonces evidente el interés social en dictar las normas que permitan alcanzar tal contenido con eficacia;

 

Por ello;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA:

 

Artículo 1°: Declarase de Interés Social en los términos de artículo 4 inciso d) de la Ley 10.830, las escrituras traslativas de dominio y/o prestamos con garantía hipotecaria, que otorgue el Banco de la Provincia de Buenos Aires al personal de la Policía Bonaerense en virtud del convenio aprobado por el Decreto 1012/97.

 

Artículo 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno y Justicia

 

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese dese el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.