LEY 14347
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º.- Decláranse como Bienes de Interés Cultural incorporados definitivamente al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires en los términos de la Ley Nº 10419 y sus modificatorias, al edificio de la Escuela Primaria Nº 1 “Juana Cuntín de Almirón” y la casa habitación - actual Consejo Escolar - como parte integrante del inmueble escolar, ubicados en la calles Rivadavia y San Martín de la localidad y partido de Carlos Tejedor, identificados catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 16, Parcelas 10 y 11 respectivamente y cuyos dominios se encuentran inscriptos en el Folio 62 del año 1936.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil once.
Presidente Vicepresidente 2º
H. C. Diputados H. Senado
Secretario Legislativo Secretario Legislativo
H. C. Diputados H. Senado