DECRET0 5810/89


LA PLATA, 26 de diciembre de 1989.

 

VISTO que mediante Decreto 4840, de fecha 25 de octubre de 1989, se establece el régimen remunerativo correspondiente al personal de la Administración Pública Provincial, con excepción del comprendido en la Ley 10579 – Estatuto del Magisterio de la Provincia de Buenos Aires -, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la determinación de distintos regímenes bonificatorios destinados a las Categorías Jerárquicas y Superior a través del citado instrumento legal ha producido una inequidad remunerativa en desmedro del personal con funciones de Director de Rama;

 

Que corresponde instrumentar los mecanismos tendientes a equiparar remunerativamente a este personal con el de igual calidad jerárquica de la Ley 10430;

 

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA


ARTÍCULO 1º.- Fíjase a partir del 1º de noviembre de 1989, para el personal jerárquico en funciones de Director de Rama y/o Modalidad, comprendido en la Ley 10579 – Estatuto del Magisterio de la Provincia de Buenos Aires - , una bonificación equivalente a la diferencia de liquidación existente con el personal de igual jerarquía del Régimen de la Ley 10430, en concepto de Gastos de representación.

 

ARTÍCULO 2º.- Establécese que dicha bonificación será deducida sobre la asignación básica, liquidándose el porcentaje correspondiente a la antigüedad de acuerdo a la modalidad vigente.

 

ARTÍCULO 3º.- Déjase constancia que la bonificación aprobada por el artículo 1º tendrá igual tratamiento que el sueldo básico a los efectos de aportes, retenciones, etc. y se mantendrá mientras exista la diferencia de sueldo apuntada.

 

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial. Pase a la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su conocimiento y demás efectos.