DECRETO 5690/88
Visto
el Acta celebrada por
CONSIDERANDO:
Que
Que, resulta conveniente realizar el pago con haberes de septiembre de 1988;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todas sus
partes el Acta que como Anexo I forma parte integrante
del presente decreto celebrada el día 13 de septiembre de 1988, por
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que la
liquidación de las diferencias resultantes de la promoción automática y el Adicional
por Permanencia en
ARTÍCULO 3º.- Autorízase a las Direcciones de Administración Contable u Oficinas que hagan sus veces a imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a las partidas específicas del Presupuesto.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” pase a