LEY 5154
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Acuérdase a la Municipalidad de Trenque Lauquen, la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos moneda nacional ($ 250.000m/n), para terminar las obras de construcción del edificio destinado a la Escuela Municipal de Adultos y Jardín de Infantes, iniciadas por la Comuna en terreno de su propiedad, como así también para la adquisición de material didáctico y mobiliario que le fuera necesario.
ARTÍCULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de la presente ley, que se declara de urgencia, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.