DECRETO 368/2024
LA PLATA, 10 de Abril de 2024
VISTO el expediente EX-2022-19499225-GDEBA-HZDEFFEMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de José Manuel VICENTE en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Enrique F. F. Erill” de Escobar, y
CONSIDERANDO:
Que atento lo establecido por Resolución N° 3491/21 y modificatorias del Ministerio de Salud y la Disposición N° 248/21 de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, cuatro (4) cargos Médico Asistente – Especialidad: Pediatría - Clínica Pediátrica, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Enrique F. F. Erill” de Escobar;
Que conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a José Manuel VICENTE para cubrir uno de los cargos de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;
Que, en consecuencia, se propicia la designación del citado agente, a partir del 23 de diciembre de 2021, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;
Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 23 de diciembre de 2021, la designación de carácter interino de José Manuel VICENTE, en idénticos cargos, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Decreto N° 1498/19;
Que resulta procedente otorgar al Dr. José Manuel VICENTE, una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en el que se designa, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que se desarrollan las actividades en el establecimiento en el que se desempeña, de acuerdo a lo normado por el Decreto Nº 377/08;
Que el agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto N° 12/24;
Que, asimismo, el citado agente se encuentra alcanzado por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto 272/17 E y modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b), 26 y 50 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;
Que, asimismo, la medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 23 de diciembre de 2021, la designación de José Manuel VICENTE (DNI 27.284.939 – Clase 1979), como Médico – Especialidad: Pediatría, en el grado de Asistente, con carácter interino y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Enrique F. F. Erill” de Escobar, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, formalizada por Decreto N° 1498/19, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.
ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 23 de diciembre de 2021, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, a José Manuel VICENTE (DNI 27.284.939 – Clase 1979) como Médico – Especialidad: Pediatría, en el grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Enrique F. F. Erill” de Escobar, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial - Dirección Provincial de Hospitales, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 26 de la Ley N° 10.471 y modificatorias, exceptuando la medida de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios.
ARTÍCULO 3°. Otorgar, a partir del 23 de diciembre de 2021, la bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en el que se designa a José Manuel VICENTE (DNI 27.284.939 – Clase 1979), en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que desarrollan las actividades en el establecimiento en el que se desempeña, de acuerdo a lo normado por el Decreto Nº 377/08.
ARTÍCULO 4°. El gasto que demanda el cumplimiento del presente será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto N° 12/2024, de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 13 – Subprograma: 2 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 252 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador