GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETO Nº 1292/2020

LA PLATA, BUENOS AIRES

Jueves 31 de Diciembre de 2020

 

VISTO el expediente EX-2020-29900469-GDEBA-DALSGG correspondiente a las actuaciones legislativas PE-10/20-21, y

CONSIDERANDO:

Que por el referido expediente tramita la promulgación de un Proyecto de Ley, sancionado por la Honorable Legislatura el 22 de diciembre de 2020, a través del cual se propicia modificar el artículo 39 de la Ley N° 14.078, referido a la inscripción del nacimiento de la persona humana;

Que la mencionada iniciativa reconoce su antecedente en el Mensaje N° 3.933, ingresado en la Honorable Legislatura el 18 de noviembre del 2020, que destaca que la Ley Nacional N° 26.413 regula lo relativo a la inscripción registral de los hechos y acto jurídicos que den origen, alteren o modifiquen el estado civil y capacidad de las personas, al tiempo que reconoce en las jurisdicciones provinciales la facultad de regular la modalidad en cuanto a la registración de éstos;

Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 108 y 144 inciso 2° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º. Promulgar la Ley N° 15.229, sancionada por la Honorable Legislatura el 22 de diciembre de 2020, que como Anexo Único (IF-2020-30101485-GDEBA-DROFISGG) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por las/os Ministras/os Secretaria/os en los Departamentos de Gobierno y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

María Teresa García, Ministra; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador