Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 1736
La Plata, 28 de septiembre de 2012.
VISTO que por Expediente Nº 21100-565775/12, se propicia la modificación de la Resolución Nº 2.087/98 que crea un programa especial de recompensas con imputación al Fondo Permanente de Recompensas (Decreto Nº 2.052/98), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el programa especial de recompensas creado a través del artículo 1º de la Resolución Nº 2087/98 se contempla “…el pago de una suma fija y única de $10.000 a quien aporte datos fehacientes que permitan identificar o detener a autores, cómplices, instigadores o encubridores de los hechos de homicidio o lesiones de un efectivo policial ocurridos en acto de servicio…”;
Que con el transcurso del tiempo la suma fijada en la citada resolución ha quedado desactualizada, razón por la cual y a los fines de evitar sucesivas modificaciones con el objeto de incrementar el monto que pudiera establecerse por dicho concepto, resulta conveniente modificar dicho acto suprimiendo la determinación de una suma fija;
Que por el artículo 2º de la mencionada resolución se designa como autoridad de aplicación a la Secretaría de Seguridad;
Que con posterioridad a su dictado, y en el marco de lo dispuesto por el artículo 6º de la Resolución Nº 2.390/07, se crea el Registro de Recompensas a cargo de la entonces Subsecretaría de Investigaciones e Inteligencia Criminal;
Que en virtud de la reestructuración del Ministerio de Justicia y Seguridad, motivada en la fusión de ambas carteras dispuesta por Ley Nº 14.131, el mencionado Registro se encuentra a cargo de la Dirección de Búsqueda e Identificación de Personas Desaparecidas, dependiente de la Dirección Provincial de Personas Desaparecidas, que funciona en jurisdicción de la Subsecretaría de Justicia;
Que en razón de lo expuesto corresponde modificar el artículo 2º de la Resolución Nº 2.087/98, designando autoridad de aplicación a la Subsecretaría de Justicia;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 18 de la Ley Nº 13.757 -texto según Ley Nº 14.131-;
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Modificar el artículo 1º de la Resolución Nº 2.087/98, el que quedará redactado en los siguientes términos:
“ARTÍCULO 1.- Crear un programa especial de recompensas, con imputación al Fondo Permanente de Recompensas (Decreto 2.052/98 y sus modificatorios), mediante el cual se reconocerá el pago de la suma que determine la autoridad de aplicación en concepto de recompensa, a quien aporte datos fehacientes que permitan identificar o detener a los autores, cómplices, instigadores o encubridores de los hechos de homicidios o lesiones de un efectivo policial ocurridos en actos de servicio.
La recompensa prevista también se ofrecerá a quienes contribuyan a fortalecer la imputación contra las personas que, de cualquier modo, hubieran participado en hechos de las características enunciadas en el párrafo anterior.”
ARTÍCULO 2º. Modificar el artículo 2º de la Resolución Nº 2.087/98, el que quedará redactado en los siguientes términos:
“ARTÍCULO 2.- La autoridad de aplicación de la presente Resolución será la Subsecretaría de Justicia.”
ARTÍCULO 3º. Modificar el artículo 4º de la Resolución Nº 2.087/98, el que quedará redactado en los siguientes términos:
“ARTÍCULO 4.- La oferta de la suma que determine la autoridad de aplicación en concepto de recompensa se hará por cada efectivo herido o muerto en las circunstancias previstas en el artículo anterior.”
ARTÍCULO 4º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archivar.
Ricardo Casal
Ministro de Justicia y Seguridad
C.C. 11.376