Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución N° 234
VISTO el
expediente Nº 2300-1569/11, por el cual tramita la aprobación de los términos y
condiciones para la emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2012, las
Leyes provinciales Nº 13.767, N° 14.331 y N° 14.357, los Decretos Nº 3.260/08 y Nº 3.264/08, las Resoluciones
de
CONSIDERANDO:
Que el
artículo 76 de
Que el artículo
49 de
Que el
artículo 23 de
Que, conforme
lo establecido por el artículo 76 inciso e) del Anexo Único del Decreto Nº
3.260/08, el monto máximo de autorización para hacer uso del crédito a corto
plazo que fije
Que, asimismo,
el artículo 49 de
Que el
artículo 76 de
Que en ese
sentido, el citado artículo 49 de
Que mediante
Que,
posteriormente, ante una mayor demanda por parte de los inversores, este Ministerio
consideró oportuno y conveniente que
Que, en virtud
de ello,
Que, se
mantienen vigentes los términos generales del Programa establecidos mediante
Que, conforme lo dispuesto por el artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08 el Ministerio de Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro en cada oportunidad, correspondiendo la presente resolución al décimo tramo del citado Programa;
Que, teniendo en cuenta lo expuesto y el cronograma antes citado, se propicia que el vencimiento de las Letras operen a cuarenta y dos (42), ochenta y cuatro (84), ciento setenta y cinco (175) y trescientos sesenta y cuatro (364) días de su emisión respectivamente y, dado que el reembolso de las últimas dos excede el ejercicio financiero de emisión, se transformarían en deuda pública;
Que, atento
que el artículo 57 de
Que, el
mencionado artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3.260/08, también establece
que
Que, a efectos de la instrumentación en el mercado local de la emisión de las Letras del Tesoro, la licitación pública de los mencionados títulos se realizará en el Mercado Abierto Electrónico Sociedad Anónima (M.A.E.) a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado en materia de concertación, registro y liquidación de las operaciones con Letras;
Que asimismo, para incentivar la participación de inversores y pequeños ahorristas del mercado de capitales, se requiere reconocer a los agentes del M.A.E. comisiones por las posturas presentadas, toda vez que ello implica un esfuerzo de venta por parte de los mismos;
Que a los
efectos de dar a la operatoria la agilidad que la misma requiere, se estima pertinente
delegar su implementación, y las autorizaciones que al efecto se requieren, en
Que han tomado
la intervención de su competencia Tesorería General de
Que la
presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 76
de
Por ello,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º:
Establecer los siguientes términos y condiciones financieras de las Letras del
Tesoro a cuarenta y dos (42) días por un monto de hasta valor nominal pesos treinta
millones (VN $ 30.000.000), a emitir por
a)
Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de licitación: 18 de julio de 2012.
d) Fecha de emisión: 19 de julio de 2012.
e) Fecha de liquidación: 19 de julio de 2012.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos treinta millones (VN $ 30.000.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
h) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i) Plazo: cuarenta y dos (42) días.
j) Vencimiento: 30 de agosto de 2012.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, de
acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º
del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen
de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $ 100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q)
Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E.
y en
r)
Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de
cálculo: será
v) Agente
Financiero: Banco de
w) Forma de
pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º:
Establecer los siguientes términos y condiciones financieras de las Letras del
Tesoro a ochenta y cuatro (84) días por un monto de hasta valor nominal pesos treinta
millones (VN $ 30.000.000), a emitir por
a)
Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de licitación: 18 de julio de 2012.
d) Fecha de emisión: 19 de julio de 2012.
e) Fecha de liquidación: 19 de julio de 2012.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos treinta millones (VN $ 30.000.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
h) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i) Plazo: ochenta y cuatro (84) días.
j) Vencimiento: 11 de octubre de 2012.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía:
recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de
acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil
(VN $ 100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q)
Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E.
y en
r)
Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de
cálculo: será
v) Agente
Financiero: Banco de
w) Forma de
pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º:
Establecer los siguientes términos y condiciones financieras de las Letras del
Tesoro a ciento setenta y cinco (175) días por un monto de hasta valor nominal pesos
veinte millones (VN $ 20.000.000), a emitir por
a)
Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de licitación: 18 de julio de 2012.
d) Fecha de emisión: 19 de julio de 2012.
e) Fecha de liquidación: 19 de julio de 2012.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos veinte millones (VN $ 20.000.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
h) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
i) Interés:
1) Tasa
aplicable: se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de
interés para depósitos a plazo fijo de más de pesos un millón ($ 1.000.000) de
treinta (30) a treinta y cinco (35) días, –Badlar Bancos
Privados- o aquélla que en el futuro la sustituya, calculado considerando las
tasas promedio diarias publicadas por el Banco Central de
2) Cálculo de interés: se calcularán sobre el valor nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3) Fecha de pago de interés: se pagarán dos (2) servicios de interés, el primero de ellos, el 10 de octubre de 2012 y el segundo, el 10 de enero de 2013. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.4) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
j) Plazo: ciento setenta y cinco (175) días.
k) Vencimiento: 10 de enero de 2013.
l) Garantía:
recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de
acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias
sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $ 100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q)
Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E.
y en
r)
Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de
cálculo: será
v) Agente
Financiero: Banco de
w) Forma de
pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 4º:
Establecer los siguientes términos y condiciones financieras de las Letras del
Tesoro a trescientos sesenta y cuatro (364) días por un monto de hasta valor nominal
pesos veinte millones (VN $ 20.000.000), a emitir por
a)
Denominación: “Letras del Tesoro de
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de licitación: 18 de julio de 2012.
d) Fecha de emisión: 19 de julio de 2012.
e) Fecha de liquidación: 19 de julio de 2012.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de hasta valor nominal pesos veinte millones (VN $ 20.000.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
h) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
i) Interés:
1) Tasa
aplicable: se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de
interés para depósitos a plazo fijo de más de pesos un millón ($ 1.000.000) de
treinta (30) a treinta y cinco (35) días, –Badlar Bancos
Privados- o aquélla que en el futuro la sustituya, calculado considerando las
tasas promedio diarias publicadas por el Banco Central de
2) Cálculo de interés: se calcularán sobre el valor nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3) Fecha de pago de interés: se pagarán cuatro (4) servicios de interés, el primero de ellos, el 18 de octubre de 2012; el segundo, el 18 de enero de 2013; el tercero, el 18 de abril de 2013; y el cuarto, el 18 de julio de 2013. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
j) Plazo: trescientos sesenta y cuatro (364) días.
k) Vencimiento: 18 de julio de 2013.
l) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo
Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de
Coparticipación
Federal de Impuestos, ratificado por
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $ 500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $ 100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $ 10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $ 1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $ 250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q)
Negociación: se solicitará la negociación en el M.A.E.
y en
Comercio de
Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados
y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por
r)
Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del M.A.E. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1) Agentes del M.A.E. autorizados a tal efecto.
2) Agentes
pertenecientes a
Los inversores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de
cálculo: será
v) Agente
Financiero: Banco de
w) Forma de
pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los
importes correspondientes a
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a’) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 5º: Autorizar
a
Asimismo, autorizar al Subsecretario de Hacienda y/o al Director Provincial de Deuda y Crédito Público del Ministerio de Economía, a suscribir y aprobar (incluyendo el uso de la firma facsímil) los documentos de difusión y todo otro documento relacionado que resulte necesario a tales fines.
ARTÍCULO 6º: De mediar
inconvenientes de fuerza mayor atribuibles al sistema de comunicaciones
provisto por el M.A.E. o la aplicación SIOPEL,
ARTÍCULO 7º: Autorizar
a
ARTÍCULO 8º:
ARTÍCULO 9º: Autorizar
a
ARTÍCULO 10: Autorizar
a
ARTÍCULO 11: Los
gastos, incluidas las comisiones, que se originen en la emisión y/o
contrataciones relacionadas con la emisión de Letras del Tesoro, serán
imputados con cargo al Presupuesto General de
ARTÍCULO 12:
Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a Tesorería General de
Silvina Batakis
Ministra de Economía
C.C. 7.322