DECRETO 67/2018

LA PLATA, 14 de Febrero de 2018

VISTO el expediente N° 2997-877/17 y agregado del Ministerio de Salud, por el cual Elena Isabel URDINEZ presentó, a partir del 31 de julio de 2017, su renuncia como Directora Asociada del Hospital Zonal General de Las Flores, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, cargo para el cual fue designada oportunamente mediante el artículo 1° del Decreto Nº 1713/12, y

CONSIDERANDO:

Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10528;

Que la Dirección de Sumarios dependiente del Ministerio de Trabajo informó a fojas 13, que la agente de referencia no registra sumario administrativo pendiente de resolución;

Que es procedente limitar los alcances del artículo 3° del Decreto N° 1713/12, dejando establecido que la profesional mencionada en el exordio del presente se reintegra a su cargo de revista como Médica de Hospital “C” – Especialidad: Clínica Pediátrica, en el Hospital Zonal General de Las Flores, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, de acuerdo a lo establecido por el artículo 17 de la Reglamentación de la Ley N° 10471, aprobada por Decreto 3589/91;

Que consecuentemente se solicitó se designe, a partir del 1 de agosto de 2017, como Director Asociado - cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria en el Hospital Zonal General de Las Flores, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, a Adrián Favio SANDOVAL, quien posee funciones interinas de Jefe de Servicio Coordinación de Emergencias y Cuidados Ambulatorios, otorgadas por Resolución N° 3545/16, las que deberán ser limitadas simultáneamente;

Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10528;

Que dicha medida se exceptúa de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E; Que asimismo resulta necesario reservar el cargo que posee Adrián Favio SANDOVAL como Médico de Hospital “C” – Especialidad: Clínica Médica – treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Zonal General de Las Flores, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 109 de la Ley N° 10430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano y la Dirección Provincial de Presupuesto Público.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, a partir del 31 de julio de 2017, de acuerdo a lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10528, la renuncia presentada por Elena Isabel URDINEZ (D.N.I. 11.802.705 - Clase 1955 - Legajo de Contaduría 320.937), como Directora Asociada del Hospital Zonal General de Las Flores, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, cargo para el cual fue designada oportunamente mediante el artículo 1° del Decreto Nº 1713/12.

ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, a partir del 31 de julio de 2017, los alcances del artículo 3° del Decreto N° 1713/12, dejando establecido que la profesional mencionada en el artículo precedente, retomará su cargo de revista como Médica de Hospital “C” – Especialidad: Clínica Pediátrica, en el Hospital Zonal General de Las Flores, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, manteniendo el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, de acuerdo a lo establecido por el artículo 17 de la Reglamentación de la Ley N° 10471, aprobada por Decreto 3589/91.

ARTÍCULO 3º. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E, a partir del 1 de agosto de 2017, de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528, como Director Asociado - cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Zonal General de Las Flores, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, a Adrián Favio SANDOVAL (D.N.I. 22.654.951 - Clase 1972 - Legajo de Contaduría 344.961), quien posee funciones interinas de Jefe de Servicio Coordinación de Emergencias y Cuidados Ambulatorios, otorgadas por Resolución N° 3545/16, las que deberán ser limitadas simultáneamente.

ARTÍCULO 4°. Reservar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, a partir del 1 de agosto de 2017, el cargo que posee el agente mencionado en el artículo precedente como Médico de Hospital “C”– Especialidad: Clínica Médica - treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Zonal General de Las Flores, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, mientras se desempeñe como Director Asociado del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 109 de la Ley N° 10430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528.

ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Andrés Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; MARÍA EUGENIA VIDAL, Gobernadora