Provincia de Buenos Aires
INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL - lOMA
Resolución Nº 3304/09

La Plata, 15 de mayo de 2009.

VISTO el expediente Nº 2914-20176/07 Alcance 1/09, iniciado por la Dirección de Programas Específicos, caratulado: “Eleva Proyecto Modificatoria de la Resolución Nº 415/01 correspondiente a la Cobertura del Programa de Atención Domiciliaria Integral del I.O.M.A. según detalle.- (E/ Propuesta de Modificación del Art. 7º Res. 1357/07).-”, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 1357/07 se dispuso aprobar el Programa de Internación Domiciliaria cuya vigencia comenzó el 01/09/07;
Que el artículo 7° de la Resolución antes mencionada prevé “Delegar en el Director de Programas Específicos la facultad de autorizar o denegar en forma fundada las prestaciones incluidas en el Programa de Internación Domiciliaria”;
Que a fojas 1, la Dirección de Programas Específicos propone la modificación del artículo precedentemente citado, fundamentando la iniciativa en que actualmente el Sector correspondiente al Programa en análisis, se encuentra funcionando físicamente bajo la órbita de la Dirección de Auditoría y Fiscalización Médica de Establecimientos Asistenciales, motivo por el cual y a fin de agilizar el mecanismo de autorización de las prestaciones, evitar demoras y demás perjuicios a los afiliados requirentes, se sugiere la modificación antes apuntada;
Que a tales fines el área interviniente propone la delegación de la firma de las autorizaciones, en forma indistinta, en los Directores de Programas Específicos y de Auditoría y Fiscalización Médica de Establecimientos Asistenciales, adjuntando un proyecto de Resolución que en su parte pertinente reza lo siguiente: “... Delegar en el Director de Programas Específicos y/o en el Director de Auditoría y Fiscalización Médica de Establecimientos Asistenciales, en forma indistinta, la facultad de autorizar o denegar en forma fundada las prestaciones incluidas en el Programa de Internación Domiciliaria”;
Que a fojas 36 la Dirección General de Prestaciones considera que puede darse curso favorable a la iniciativa en análisis;
Que a fojas 39, la Dirección de Relaciones Jurídicas estima que no existen objeciones u observaciones que formular desde el punto de vista de su competencia en relación con la modificación propuesta;
Que el Honorable Directorio, en su reunión de fecha 01/04/09, según consta en Acta Nº 13, RESOLVIÓ: Modificar el artículo 7° de la Resolución Nº 1357/07 que quedará redactado de la siguiente manera: “Delegar en el Director de Programas Específicos y/o en el Director de Auditoría y Fiscalización Médica de Establecimientos Asistenciales, en forma indistinta, la facultad de autorizar o denegar, en forma fundada, las prestaciones incluidas en el Programa de Internación Domiciliaria”;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 7 inciso g) del Decreto Ley 6982 (T.O. 1987).
Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Modificar el artículo 7° de la Resolución Nº 1357/07, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Delegar en el Director de Programas Específicos y/o en el Director de Auditoría y Fiscalización Médica de Establecimientos Asistenciales, en forma indistinta, la facultad de autorizar o denegar, en forma fundada, las prestaciones incluidas en el Programa de Internación Domiciliaria”, todo ello en virtud de los considerandos que anteceden.
ARTÍCULO 2º. Registrar. Pasar a las Direcciones Generales y demás Direcciones intervinientes del Instituto para su conocimiento. Publicar. Cumplido, archivar.


Javier Mouriño
Presidente IOMA
C.C. 6.027