Provincia de
Buenos Aires
INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL
- lOMA
Resolución Nº 3304/09
La Plata, 15 de mayo de 2009.
VISTO el expediente Nº
2914-20176/07 Alcance 1/09, iniciado por la Dirección de
Programas Específicos, caratulado: “Eleva Proyecto Modificatoria de la Resolución Nº
415/01 correspondiente a la
Cobertura del Programa de Atención Domiciliaria Integral del
I.O.M.A. según detalle.- (E/ Propuesta de Modificación del Art. 7º Res.
1357/07).-”, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 1357/07 se dispuso aprobar el
Programa de Internación Domiciliaria cuya vigencia comenzó el 01/09/07;
Que el artículo 7° de la
Resolución antes mencionada prevé “Delegar en el Director de
Programas Específicos la facultad de autorizar o denegar en forma fundada las
prestaciones incluidas en el Programa de Internación Domiciliaria”;
Que a fojas 1, la
Dirección de Programas Específicos propone la modificación
del artículo precedentemente citado, fundamentando la iniciativa en que
actualmente el Sector correspondiente al Programa en análisis, se encuentra
funcionando físicamente bajo la órbita de la Dirección de
Auditoría y Fiscalización Médica de Establecimientos Asistenciales, motivo por
el cual y a fin de agilizar el mecanismo de autorización de las prestaciones,
evitar demoras y demás perjuicios a los afiliados requirentes, se sugiere la
modificación antes apuntada;
Que a tales fines el área interviniente propone la delegación de la firma de
las autorizaciones, en forma indistinta, en los Directores de Programas
Específicos y de Auditoría y Fiscalización Médica de Establecimientos
Asistenciales, adjuntando un proyecto de Resolución que en su parte pertinente
reza lo siguiente: “... Delegar en el Director de Programas Específicos y/o en
el Director de Auditoría y Fiscalización Médica de Establecimientos
Asistenciales, en forma indistinta, la facultad de autorizar o denegar en forma
fundada las prestaciones incluidas en el Programa de Internación Domiciliaria”;
Que a fojas 36 la
Dirección General de Prestaciones considera que puede darse
curso favorable a la iniciativa en análisis;
Que a fojas 39, la
Dirección de Relaciones Jurídicas estima que no existen
objeciones u observaciones que formular desde el punto de vista de su
competencia en relación con la modificación propuesta;
Que el Honorable Directorio, en su reunión de fecha 01/04/09, según consta en
Acta Nº 13, RESOLVIÓ: Modificar el artículo 7° de la Resolución Nº
1357/07 que quedará redactado de la siguiente manera: “Delegar en el Director
de Programas Específicos y/o en el Director de Auditoría y Fiscalización Médica
de Establecimientos Asistenciales, en forma indistinta, la facultad de
autorizar o denegar, en forma fundada, las prestaciones incluidas en el
Programa de Internación Domiciliaria”;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 7 inciso g) del Decreto Ley N° 6982
(T.O. 1987).
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE OBRA MÉDICO
ASISTENCIAL
DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Modificar el
artículo 7° de la
Resolución Nº 1357/07, el que quedará redactado de la
siguiente manera: “Delegar en el Director de Programas Específicos y/o en el
Director de Auditoría y Fiscalización Médica de Establecimientos Asistenciales,
en forma indistinta, la facultad de autorizar o denegar, en forma fundada, las
prestaciones incluidas en el Programa de Internación Domiciliaria”, todo ello
en virtud de los considerandos que anteceden.
ARTÍCULO 2º. Registrar. Pasar a las Direcciones Generales y demás Direcciones
intervinientes del Instituto para su conocimiento. Publicar. Cumplido,
archivar.
Javier Mouriño
Presidente IOMA
C.C. 6.027