Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

AGENCIA PROVINCIAL DEL TRANSPORTE

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Nº 386

 

La Plata, 14 de noviembre de 2011.

 

VISTO lo establecido por la Resolución N° 149/11 de la Agencia Provincial del Transporte, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se ha advertido un error en la redacción del artículo 1° de la citada norma, respecto de la antigüedad de los vehículos a incorporar en el parque móvil de las empresas;

 

Que en virtud de lo estatuido por el artículo 115 del Decreto-Ley N° 7647/70 (Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Buenos Aires) corresponde en esta instancia modificar la Resolución N° 149/11;

 

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto N° 1081/10, por el cual se crea la Agencia Provincial del Transporte;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA

PROVINCIAL DEL TRANSPORTE,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Modificar el artículo 1° de la Resolución N° 149/11 del Director Ejecutivo de la Agencia Provincial del Transporte, el que quedará redactado con el siguiente texto: “A partir de la fecha de la presente, la antigüedad máxima de las unidades automotoras que se incorporen para ser afectadas a los servicios de transporte público de pasajeros de línea regular, y aquellas que se dieren de alta para reemplazar a otros vehículos dados de baja en el parque móvil de las prestatarias; no podrá exceder de diez (10) años; limitándose su vida útil hasta un máximo de trece (13) años de antigüedad.”

 

ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar y publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

Bartolomé M. Barreto

Director Ejecutivo

C.C. 14.002