Fundamentos de la Ley 12769

 

Mediante el Decreto-Ley 10.087/83, se instauró en la provincia de Buenos Aires el régimen de previsión social para los farmacéuticos matriculados en la jurisdicción a cargo de la caja, cuyas actividades se iniciaran el 1 de septiembre de 1984 (CAFAR).           

            Luego de más de catorce años de desenvolvimiento, se puede afirmar que hoy es ya, mediante un amplio espectro de prestaciones y subsidios, creados por resoluciones de las respectivas asambleas anuales, un verdadero régimen de seguridad social.

            Se presenta la necesidad de realizar algunas modificaciones que se encuentran plasmadas en este proyecto de ley y que cuenta con el consenso de los órganos de conducción de la caja y del resto de las entidades farmacéuticas.

            La modificación de la edad para acceder a la jubilación ordinaria que se adecua a los regímenes generales para profesionales independientes y a los vigentes para muchas profesiones en particular, también preserva los derechos en expectativa de quienes han alcanzado los límites actuales o se encuentran cercanos a ellos.

            Entre los antecedentes que avalan estas preocupaciones, pueden citarse las últimas adecuaciones introducidas en ocasión de revisar y adaptar las respectivas legislaciones de varias entidades de la seguridad social de los profesionales de la Provincia. También fue tema del seminario organizado por la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para profesionales de la República Argentina, que tuviera lugar en Córdoba (21/23 de noviembre de 1996) y fuera motivo del despacho aprobado en su XXIX Plenario (Perfil de los Sistemas de Seguridad Social para profesionales, páginas 63/92 de la publicación de esa coordinadora – noviembre de 1996).

            Son sustanciales también las modificaciones que se introducen al régimen relativo a las pensiones, ello con un propósito igualitario, al eliminarse toda distinción. Ello que hace a los requisitos que debía reunir el viudo para hacerse acreedor a este beneficio.

            Es precisamente a solicitud de la Caja de Previsión Social para profesionales de las Ciencias Farmacéuticas de la provincia de Buenos Aires (CAFAR), que se impulsa la modificación del decreto-ley que rige, en el convencimiento de que la misma redundará en beneficio de sus afiliados.

            Por las razones expuestas, se solicita la aprobación del presente proyecto.