Provincia de Buenos Aires
JUNTA ELECTORAL
Resolución Técnica N° 94/15
VISTO: Las atribuciones conferidas a
CONSIDERANDO:
I.- Que el art. 3° de
II.- Que conforme surge de la aplicación del citado texto
legal y la fecha del 9 de agosto de 2015, establecida por el Poder Ejecutivo
para que se lleven adelante las elecciones primarias, abiertas, obligatorias y
simultáneas, según lo dispuesto por el Decreto 114/15, el vencimiento del plazo
para la presentación ante este Organismo de
III.- Que debido a la experiencia recogida en los procesos electorales llevados a cabo en los años 2011 y 2013, se hace necesario que esta Repartición tome debido conocimiento, también en forma oportuna, de las listas inscriptas y observadas por las Juntas Electorales Partidarias y que pudieran eventualmente ser objeto de posterior oficialización.
IV.- Que para un mejor orden, las Junta Electorales Partidarias, deberán adjuntar a las actas en las que se detallen las listas internas observadas las planillas con el diseño del modelo que como anexo único se adjunta a la presente, en la que consignarán: denominación de la línea interna, categoría (que incluya el distrito, sección o lista a gobernador, según corresponda), apellido y nombre del primer candidato.
V.- Que en igual sentido, es prudente aclarar la fecha en que concluye el plazo máximo legal, en el que deberán aquellas listas oportunamente observadas, luego subsanadas y oficializadas, ser presentadas ante este Organismo.
VI.- Que este Cuerpo entiende, que esta actividad garantizará la transparencia y objetividad del proceso electoral, estando facultado para adoptar las medidas operativas que estime pertinentes (art. 2 del Decreto 332/11).
Por ello,
RESUELVE:
1.- Apruébese el modelo de planilla adjunta, designado como anexo único.
2.- El plazo para presentar las listas de candidatos de
cada línea interna oficializadas por las Juntas Electorales Partidarias ante
3.- En igual fecha (27/VI/15), las Juntas Electorales
Partidarias, deberán presentar un acta labrada por sus integrantes donde se
indique expresamente las listas de candidatos con observaciones pendientes de
oficialización (conf. art. 3º de
4.- El plazo para presentar las listas de candidatos de
cada línea interna que fueron oportunamente comunicadas, observadas, subsanadas
y posteriormente oficializadas por las Juntas Electorales Partidarias, ante
5.- Los vencimientos que aquí se establecen, deberán ser incorporados, por donde corresponda, al cronograma electoral a aprobarse, en los términos de lo dispuesto en el art. 3 del Anexo Único del Decreto 332/11.
6.- Regístrese como Resolución Técnica, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Organismo, comuníquese.
Juan Carlos Hitters, Presidente; Eduardo Raúl Delbes, Vocal; Eduardo Benjamín Grinberg,
Vocal; Ana María Bourimborde, Vocal; Claudia Angélica Matilde Milanta, Vocal. Ante mí:
Guillermo Osvaldo Aristía, Secretario de Actuación.