Fundamentos de la
Ley 11080
Por el presente proyecto de ley se propicia la modificación del Art.18 de la Ley 10328 Estatuto del
Personal de Planta Permanente de la Dirección de Vialidad de la Provincia a efecto de
establecer remuneración equiparada y en concordancia de las Leyes 10430
(Administración Central) y Ley 10.384 (Poder Judicial) quedando redactado de la
siguiente forma: Fíjase la retribución por antigüedad en el tres por ciento 3%
del sueldo básico de la Clase
XV del régimen horario correspondiente por año de servicio.
Por todas las razones mencionadas, que demuestran la factibilidad de la
modificación solicitada a esta Honorable Cuerpo, por lo que no dudamos será
acompañada por los Sres. legisladores.