Fundamentos de la

Ley 11080

 

            Por el presente proyecto de ley se propicia la modificación del Art.18 de la Ley 10328 Estatuto del Personal de Planta Permanente de la Dirección de Vialidad de la Provincia a efecto de establecer remuneración equiparada y en concordancia de las Leyes 10430 (Administración Central) y Ley 10.384 (Poder Judicial) quedando redactado de la siguiente forma: Fíjase la retribución por antigüedad en el tres por ciento 3% del sueldo básico de la Clase XV del régimen horario correspondiente por año de servicio.

            Por todas las razones mencionadas, que demuestran la factibilidad de la modificación solicitada a esta Honorable Cuerpo, por lo que no dudamos será acompañada por los Sres. legisladores.