DEPARTAMENTO DE
JUSTICIA
DECRETO 2.340
La Plata, 8 de octubre de 2008.
VISTO el expediente Nº 21200-14474/08 en el cual tramita la aprobación del convenio celebrado entre la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia y el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que tiene por objeto la implementación de Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (U.E.R.), y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires solicitó a la
Dirección Nacional de Registro Nacional de Reincidencia la implementación del
Sistema de Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (U.E.R.),
tanto en la sede de calle 12 como en distintos organismos a designar, para la
tramitación de los Certificados de Antecedentes Penales;
Que es interés de la mencionada Dirección Nacional agilizar la tramitación de
los Certificados de Antecedentes Penales requeridos por los usuarios, a través
de la aplicación del sistema UER, permitiendo de esta manera que los particulares
efectúen la solicitud sin traslados innecesarios;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1º. Aprobar el
convenio celebrado entre la Dirección Nacional del Registro Nacional de
Reincidencia y el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires de
fecha 10 de septiembre de 2008, el que tiene por objeto la implementación de
Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (U.E.R.) para la
tramitación de Certificados de Antecedentes Penales, el que como Anexo forma
parte integrante del presente.
ARTICULO 2º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en
el Departamento de Justicia.
ARTICULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Ricardo Casal Daniel
Osvaldo Scioli
Ministro de Justicia
Gobernador
CONVENIO
Entre la Dirección
Nacional del Registro Nacional de Reincidencia, representado en este acto por
la señora Directora Nacional, Dra. Mónica Litza, con domicilio legal en la
calle Tucumán 1353 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y el
Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires representado en este
acto por el señor Ministro, Dr. Ricardo BIas Casal, con domicilio legal en la
calle 12 esquina 53, de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, por
la otra, y considerando:
Que en atención de lo dispuesto por el artículo 8° inc. f de la Ley 22.117,
incorporada al Código Penal de la Nación, la Dirección Nacional del Registro
Nacional de Reincidencia del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos
Humanos informa mediante la emisión de un certificado, los antecedentes penales
de los particulares.
Que en virtud de las atribuciones que le competen, el Ministerio de Justicia de
la Provincia de Buenos Aires solicita la implementación del sistema de Unidades
de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (UER) para la tramitación de
los Certificados de Antecedentes.
Que teniendo en cuenta que el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos
Aires, manifiesta su interés de instalar Unidades de Expedición y Recepción
(UER), tanto en la sede de calle 12 esquina 53, como también en distintos
organismos a designar, conforme lo habilitan los desarrollos informáticos de
propiedad de la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia, se
evitaría de esta forma que el usuario tenga que recurrir al uso del correo
postal o de gestores que encarecen o demoran la solicitud.
Que es interés de la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia
agilizar la tramitación de los Certificados de Antecedentes Penales requeridos,
por los usuarios, a través de la aplicación del sistema UER, permitiendo de
esta manera que los particulares efectúen la solicitud sin traslados
innecesarios.
Por ello las partes acuerdan celebrar el presente Convenio, sujeto a las
cláusulas que a continuación se establecen.
PRIMERA: Conforme las funciones asignadas por la normativa en vigor la Dirección
Nacional del Registro Nacional de Reincidencia del Ministerio de Justicia,
Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, en adelante Reincidencia, y El
Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en adelante el
Ministerio, acuerdan la implementación de Unidades de Expedición y Recepción de
Antecedentes Penales (U.E.R.) conforme el sistema informático desarrollado por
Reincidencia.
SEGUNDA: A estos efectos, Reincidencia se compromete a proveer el software
informático correspondiente al sistema que se acuerda por el presente, así como
la supervisión para su instalación y mantenimiento, realizando también la
capacitación de los operadores del sistema. Para tal fin, Reincidencia cuenta
con la disponibilidad presupuestaria necesaria, según lo establecido por las
Leyes 23.283 y 23.412.
TERCERA: Como contrapartida de ello, el Ministerio se compromete a proveer el
equipamiento informático necesario, el costo de la conexión a Internet, el
espacio físico donde se instalarán las UER y el personal que operará las
mismas.
CUARTA: En virtud de que los Certificados de Antecedentes Penales a
particulares que emite Reincidencia, son arancelados conforme lo dispuesto por
la Leyes Nacionales 22.117 y 23.412 y decretos y normas reglamentarias, el
MINISTERIO, se compromete a enviar las solicitudes previo pago del arancel
correspondiente.
QUINTA: El Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos dispone que a
través del Ente Cooperador Colegio Público de Abogados, que administra los
fondos de Cooperación Técnica y Financiera de Reincidencia (Ley 23.412), se
deposite en la cuenta que brinde el Ministerio, la suma de seis pesos con
10/100 ($6,10) por cada Trámite Formulario de 24 horas efectuado a través de
las regionales UER establecidas en el presente Convenio.
SEXTA: El Ministerio manifiesta conocer y aceptar para su implementación, el
"Reglamento para trámites de certificados de antecedentes penales de las
U.E.R." que forma parte del presente como Anexo I, así como el
"Manual del usuario" que se incorpora a este convenio como Anexo II.
SEPTIMA: El presente Convenio tendrá una vigencia de dos años, renovándose
automáticamente por idéntico período, salvo que cualquiera de las partes
manifieste su voluntad de no continuarlo, sin que la denuncia del mismo otorgue
derecho a reclamar indemnización alguna. A tales efectos la parte que rescinda
deberá notificar fehacientemente dicha circunstancia con una anticipación no
menor a sesenta (60) días.
Como prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a
un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires a los 10 días del mes de septiembre
de 2008.
ANEXO I
Reglamento para Trámites de Certificados de Antecedentes Penales de las U.E.R.
Para efectuar el pedido
de Certificado de Antecedentes Penales a requerimiento de los ciudadanos, se
proveerá a las distintas U.E.R. de solicitudes en los que el interesado
consignará los datos, y boletas de depósito del Banco de la Nación Argentina de
$ 20,00 o $ 34,30 para la Cuenta Nro. 53679/50 "Fondo Cooperador - Ley 23.412
Registro de Reincidencia"- Banco de la Nación Argentina Sucursal
Tribunales, y de $ 5,70, para la Cuenta Nro. 758/18 "Dirección General de
Administración del Ministerio de Justicia de la Nación Argentina", Casa
Central.
1.- Los interesados retirarán de la U.E.R. las boletas, y abonarán el arancel
en el Banco de la Nación Argentina. En tal sentido la delegación se compromete
a no enviar ningún trámite que no haya sido pagado sin sus aranceles.
2.- Con el comprobante de pago sellado por el Banco y el formulario completo,
se presentará en la U.E.R. donde se le tomarán las impresiones digitales. La
U.E.R. retendrá el ejemplar N° 3 del comprobante de pago, dejándole a la
persona el Nº 4.
3.- El operador de la U.E.R. iniciará la carga de los datos en la Pantalla de
Trámites Personales, introduciendo el número de comprobante de pago,
incorporando luego el resto de los datos filiatorios, de acuerdo a lo que
indica la pantalla. Terminada esta operación se toman las impresiones digitales
y se escanean la primera y segunda hoja del documento de identidad donde figura
la impresión del dígito pulgar y las boletas y se envía el correo electrónico.
4.- La Dirección ordenará si el resultado del trámite arrojara que el
requirente carece de antecedentes penales, la emisión de la Constancia del
Certificado digital respectivo. Si tuviera antecedentes, se remitirá un sobre
cerrado con los mismos, dentro de las setenta y dos (72) horas de emitido. La
entrega de la Constancia del Certificado o del sobre cerrado no es personal
sino que se entregará contra la sola presentación del comprobante.
5.- Mensualmente la U.E.R. enviará a la Dirección los formularios de los
pedidos numerados con el número de pedido que indica la pantalla de la U.E.R.,
con sus respectivos comprobantes de pago abrochados.
6.- La Dirección controlará los comprobantes contra los trámites recibidos.
ANEXO II
Unidades de Expedición y Recepción U.E.R.
Las Unidades de
Expedición y Recepción funcionan con carácter de delegaciones del Registro
Nacional de Reincidencia a fin de brindar un servicio más ágil y eficiente en
la tramitación de los pedidos de antecedentes penales.
El funcionamiento online de las U.E.R. con el Registro Nacional de Reincidencia
se implementará mediante un sistema informático que cuenta con una o más
terminales, denominadas "regionales".
Las Unidades de Expedición y Recepción reciben las solicitudes de informes de
antecedentes penales privados y oficiales, que son canalizados vía correo
electrónico al Registro, quien con posterioridad remitirá los informes a las
U.E.R. para su posterior entrega a los solicitantes.
Este sistema posibilita la descentralización operativa en cuanto a la
expedición y recepción de los trámites, y permite optimizar la calidad,
cantidad y tiempo de respuesta.