DEPARTAMENTO DE JUSTICIA
DECRETO 2.340

La Plata, 8 de octubre de 2008.

VISTO el expediente Nº 21200-14474/08 en el cual tramita la aprobación del convenio celebrado entre la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia y el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que tiene por objeto la implementación de Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (U.E.R.), y

CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires solicitó a la Dirección Nacional de Registro Nacional de Reincidencia la implementación del Sistema de Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (U.E.R.), tanto en la sede de calle 12 como en distintos organismos a designar, para la tramitación de los Certificados de Antecedentes Penales;
Que es interés de la mencionada Dirección Nacional agilizar la tramitación de los Certificados de Antecedentes Penales requeridos por los usuarios, a través de la aplicación del sistema UER, permitiendo de esta manera que los particulares efectúen la solicitud sin traslados innecesarios;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º. Aprobar el convenio celebrado entre la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia y el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires de fecha 10 de septiembre de 2008, el que tiene por objeto la implementación de Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (U.E.R.) para la tramitación de Certificados de Antecedentes Penales, el que como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Justicia.
ARTICULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Ricardo Casal                                                                    Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Justicia                                                             Gobernador

CONVENIO

Entre la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia, representado en este acto por la señora Directora Nacional, Dra. Mónica Litza, con domicilio legal en la calle Tucumán 1353 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires representado en este acto por el señor Ministro, Dr. Ricardo BIas Casal, con domicilio legal en la calle 12 esquina 53, de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, por la otra, y considerando:
Que en atención de lo dispuesto por el artículo 8° inc. “f” de la Ley 22.117, incorporada al Código Penal de la Nación, la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos informa mediante la emisión de un certificado, los antecedentes penales de los particulares.
Que en virtud de las atribuciones que le competen, el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires solicita la implementación del sistema de Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (UER) para la tramitación de los Certificados de Antecedentes.
Que teniendo en cuenta que el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, manifiesta su interés de instalar Unidades de Expedición y Recepción (UER), tanto en la sede de calle 12 esquina 53, como también en distintos organismos a designar, conforme lo habilitan los desarrollos informáticos de propiedad de la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia, se evitaría de esta forma que el usuario tenga que recurrir al uso del correo postal o de gestores que encarecen o demoran la solicitud.
Que es interés de la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia agilizar la tramitación de los Certificados de Antecedentes Penales requeridos, por los usuarios, a través de la aplicación del sistema UER, permitiendo de esta manera que los particulares efectúen la solicitud sin traslados innecesarios.
Por ello las partes acuerdan celebrar el presente Convenio, sujeto a las cláusulas que a continuación se establecen.
PRIMERA: Conforme las funciones asignadas por la normativa en vigor la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, en adelante Reincidencia, y El Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en adelante el Ministerio, acuerdan la implementación de Unidades de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales (U.E.R.) conforme el sistema informático desarrollado por Reincidencia.
SEGUNDA: A estos efectos, Reincidencia se compromete a proveer el software informático correspondiente al sistema que se acuerda por el presente, así como la supervisión para su instalación y mantenimiento, realizando también la capacitación de los operadores del sistema. Para tal fin, Reincidencia cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria, según lo establecido por las Leyes 23.283 y 23.412.
TERCERA: Como contrapartida de ello, el Ministerio se compromete a proveer el equipamiento informático necesario, el costo de la conexión a Internet, el espacio físico donde se instalarán las UER y el personal que operará las mismas.
CUARTA: En virtud de que los Certificados de Antecedentes Penales a particulares que emite Reincidencia, son arancelados conforme lo dispuesto por la Leyes Nacionales 22.117 y 23.412 y decretos y normas reglamentarias, el MINISTERIO, se compromete a enviar las solicitudes previo pago del arancel correspondiente.
QUINTA: El Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos dispone que a través del Ente Cooperador Colegio Público de Abogados, que administra los fondos de Cooperación Técnica y Financiera de Reincidencia (Ley 23.412), se deposite en la cuenta que brinde el Ministerio, la suma de seis pesos con 10/100 ($6,10) por cada Trámite Formulario de 24 horas efectuado a través de las regionales UER establecidas en el presente Convenio.
SEXTA: El Ministerio manifiesta conocer y aceptar para su implementación, el "Reglamento para trámites de certificados de antecedentes penales de las U.E.R." que forma parte del presente como Anexo I, así como el "Manual del usuario" que se incorpora a este convenio como Anexo II.
SEPTIMA: El presente Convenio tendrá una vigencia de dos años, renovándose automáticamente por idéntico período, salvo que cualquiera de las partes manifieste su voluntad de no continuarlo, sin que la denuncia del mismo otorgue derecho a reclamar indemnización alguna. A tales efectos la parte que rescinda deberá notificar fehacientemente dicha circunstancia con una anticipación no menor a sesenta (60) días.
Como prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires a los 10 días del mes de septiembre de 2008.

ANEXO I

Reglamento para Trámites de Certificados de Antecedentes Penales de las U.E.R.

Para efectuar el pedido de Certificado de Antecedentes Penales a requerimiento de los ciudadanos, se proveerá a las distintas U.E.R. de solicitudes en los que el interesado consignará los datos, y boletas de depósito del Banco de la Nación Argentina de $ 20,00 o $ 34,30 para la Cuenta Nro. 53679/50 "Fondo Cooperador - Ley 23.412 Registro de Reincidencia"- Banco de la Nación Argentina Sucursal Tribunales, y de $ 5,70, para la Cuenta Nro. 758/18 "Dirección General de Administración del Ministerio de Justicia de la Nación Argentina", Casa Central.
1.- Los interesados retirarán de la U.E.R. las boletas, y abonarán el arancel en el Banco de la Nación Argentina. En tal sentido la delegación se compromete a no enviar ningún trámite que no haya sido pagado sin sus aranceles.
2.- Con el comprobante de pago sellado por el Banco y el formulario completo, se presentará en la U.E.R. donde se le tomarán las impresiones digitales. La U.E.R. retendrá el ejemplar N° 3 del comprobante de pago, dejándole a la persona el Nº 4.
3.- El operador de la U.E.R. iniciará la carga de los datos en la Pantalla de Trámites Personales, introduciendo el número de comprobante de pago, incorporando luego el resto de los datos filiatorios, de acuerdo a lo que indica la pantalla. Terminada esta operación se toman las impresiones digitales y se escanean la primera y segunda hoja del documento de identidad donde figura la impresión del dígito pulgar y las boletas y se envía el correo electrónico.
4.- La Dirección ordenará si el resultado del trámite arrojara que el requirente carece de antecedentes penales, la emisión de la Constancia del Certificado digital respectivo. Si tuviera antecedentes, se remitirá un sobre cerrado con los mismos, dentro de las setenta y dos (72) horas de emitido. La entrega de la Constancia del Certificado o del sobre cerrado no es personal sino que se entregará contra la sola presentación del comprobante.
5.- Mensualmente la U.E.R. enviará a la Dirección los formularios de los pedidos numerados con el número de pedido que indica la pantalla de la U.E.R., con sus respectivos comprobantes de pago abrochados.
6.- La Dirección controlará los comprobantes contra los trámites recibidos.

ANEXO II

Unidades de Expedición y Recepción U.E.R.

Las Unidades de Expedición y Recepción funcionan con carácter de delegaciones del Registro Nacional de Reincidencia a fin de brindar un servicio más ágil y eficiente en la tramitación de los pedidos de antecedentes penales.
El funcionamiento online de las U.E.R. con el Registro Nacional de Reincidencia se implementará mediante un sistema informático que cuenta con una o más terminales, denominadas "regionales".
Las Unidades de Expedición y Recepción reciben las solicitudes de informes de antecedentes penales privados y oficiales, que son canalizados vía correo electrónico al Registro, quien con posterioridad remitirá los informes a las U.E.R. para su posterior entrega a los solicitantes.
Este sistema posibilita la descentralización operativa en cuanto a la expedición y recepción de los trámites, y permite optimizar la calidad, cantidad y tiempo de respuesta.