DEROGADO POR DECRETO 2126/09
DEPARTAMENTO DE
JEFATURA DE GABINETE Y GOBIERNO
DECRETO 322
La Plata, 28 de diciembre de 2007.
VISTO el expediente Nº 2100-30361/07, por el cual se tramita la modificación de la estructura orgánico-funcional de la Unidad Gobernador, y;
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dotar al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires de un
organismo que dependa en forma directa del señor Gobernador, a fin de cumplir
las funciones de asistencia en la coordinación general de los temas vinculados
al ceremonial y protocolo, relaciones institucionales y medios de comunicación;
Que en virtud de ello, se considera oportuno y conveniente desarrollar una
nueva estructura para la Unidad Gobernador;
Que atento la refuncionalización integral de las distintas áreas operativas de
la Administración Pública Provincial, sin perjuicio de las misiones y funciones
propias de la Unidad Gobernador la nueva estructura absorbe aquellas que
corresponden a la ex Secretaría de Prensa y Comunicación Social;
Que debido a ello resulta menester flexibilizar los lineamientos dispuestos por
el Decreto N° 1322/05 en la diagramación de la estructura;
Que no obstante la excepción propiciada en el considerando precedente, el
presente Decreto respeta los lineamientos de austeridad y eficacia en materia
administrativa establecidos por el Decreto N° 1322/05;
Que el artículo 48 de la Ley N° 13.757 faculta al Poder Ejecutivo a crear otras
Secretarías con rango y equivalencia a los previstos en dicha Ley;
Que, ello, implícitamente habilita al Poder Ejecutivo a crear la Unidad
Gobernador y atribuirle competencias que por la mencionada Ley han sido
originariamente otorgadas a otras Jurisdicciones;
Que el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración a proveer a la
estructura organizativa de sus jurisdicciones;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de la Gestión Pública, el
Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1°. Aprobar, a
partir del 11 de diciembre de 2007, la estructura orgánico-funcional de la
Unidad Gobernador, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1, 1a,
1b, 1c, 2a, 2b, 2c y 2d forman parte del presente Decreto.
ARTICULO 2°. Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo
precedente los siguientes cargos: UN (1) Responsable de la Coordinación General
Unidad Gobernador, con rango y remuneración equiparada a Secretario; UN (1)
Subsecretario de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales; UN (1)
Subsecretario de Medios; UN (1) Subsecretario Administrativo; UN (1) Director
Provincial de Tecnologías Institucionales; UN (1) Director Provincial de Imagen
Institucional; UN (1) Director Provincial de Prensa y Difusión; UN (1) Director
Provincial de Publicidad Oficial; UN (1) Director Provincial de Radio
Provincia; UN (1) Director Provincial de Ceremonial y Audiencia; UN (1)
Director de Desarrollo e Implementación de Aplicaciones de la Información; UN
(1) Director de Televisión y Comunicación Institucional; UN (1) Director de
Coordinación Fotográfica; UN (1) Director de Difusión de Actos Oficiales; UN
(1) Director de Prensa; UN (1) Director de Coordinación Operativa de Publicidad
Oficial; UN (1) Director de Producción Radial; UN (1) Director de Gestión
Comercial; UN (1) Director de Contabilidad y Contrataciones; UN (1) Delegado de
la Dirección Provincial de Personal, con rango y remuneración equiparada a
Director; UN (1) Director de Protocolo; UN (1) Responsable de la Unidad
Logística, con rango y remuneración equiparada a Director; UN (1) Jefe de
Departamento Mesa de Entradas, Despacho y Archivo, conforme a los cargos
vigentes en la Ley Nº 10.430 - T.O. Decreto 1869/96-.
ARTICULO 3°. Dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a partir de la
fecha de publicación del presente Decreto, se procederá a efectuar la
desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional,
arbitrándose los medios necesarios para la elaboración de las plantas de
personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa
aprobada por los artículos precedentes, previa intervención de los organismos y
dependencias competentes. Durante el transcurso del plazo fijado precedentemente,
las unidades orgánico-funcionales con nivel inferior a Director, mantendrán su
vigencia.
ARTICULO 4°. Transferir a la Subsecretaría de Medios creada por el presente
Decreto la Subdirección de Publicidad Oficial, los Departamentos de Publicidad y
Diseño, de Registro Oficial de Medios Publicitarios, de Redacción, de Síntesis
Informativa, de Video, de Fotografía, de Archivo, de Gestión Operativa y de
Estrategias en Comunicación Informática dependientes de la entonces Secretaría
de Prensa y Comunicación Social. La transferencia contempla los cargos y
plantas de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos, financieros
y materiales.
ARTICULO 5°. Transferir al Departamento de Mesa de Entrada, Despacho y Archivo
de la Subsecretaría Administrativa creada por el presente Decreto las plantas
de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos, financieros y
materiales del Departamento de Mesa de Entradas dependiente de la entonces
Dirección de Coordinación Técnica y Ejecutiva de la Subsecretaría de
Comunicación y Coordinación Ejecutiva de la Secretaría de Prensa y Comunicación
Social.
ARTICULO 6°. El Responsable de la Coordinación General Unidad Gobernador
propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias
para dar cumplimiento al presente Decreto, el que deberá ajustarse a las
previsiones del ejercicio presupuestario vigente.
ARTICULO 7°. Exceptuar la aprobación de la estructura orgánico-funcional de la
Unidad Gobernador de lo dispuesto por el Decreto N° 1322/05, en razón de lo
expuesto en los considerandos del presente Decreto.
ARTICULO 8°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Jefatura de Gabinete y Gobierno y Economía.
ARTICULO 9°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al
Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (SINBA); y
pase a la Unidad Gobernador. Cumplido, archívese.
Alberto Pérez |
Daniel Osvaldo Scioli |
Ministro de Jefatura de |
Gobernador |
Gabinete y Gobierno |
|
Rafael Perelmiter
Ministro de Economía
ANEXO 1
ANEXO 1a
ANEXO 1b
ANEXO 1c
ANEXO 2a
COORDINACION
GENERAL UNIDAD GOBERNADOR
ACCIONES
1. Entender en las actividades relacionadas con el protocolo de los actos
oficiales, ceremonias y reuniones que se lleven a cabo en la Gobernación.
2. Controlar la atención de las audiencias solicitadas al Señor Gobernador.
3. Entender en todo lo referido a traslados de funcionarios de la Unidad
Gobernador, tanto en lo relativo al personal afectado a dicha tarea como al
material rodante asignados a tal fin.
4. Planificar y evaluar el desarrollo de eventos institucionales vinculados al
señor Gobernador.
5. Ejecutar el desarrollo del Portal Unico del Gobierno de la Provincia de
Buenos Aires, como así también supervisar las páginas Web institucionales de
las distintas jurisdicciones y/o organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
6. Entender en la política de imagen institucional del señor Gobernador.
7. Coordinar la transmisión, archivo, difusión e impresión del material
fotográfico generado por la Subsecretaría de Imagen, Tecnología y Relaciones
Institucionales.
8. Entender en las transmisiones televisivas y en la cobertura fotográfica de
los distintos actos del señor Gobernador.
9. Entender en los programas de publicidad y comunicación oficial.
10. Asistir en la implementación de los cursos de acción necesarios para
garantizar la difusión y conocimiento general de la actividad oficial de los
actos de gobierno y la información de interés público.
11. Entender en materia de contrataciones publicitarias.
12. Entender en la ejecución de políticas de comunicación radial.
SUBSECRETARIA DE
IMAGEN, TECNOLOGIA Y RELACIONES
INSTITUCIONALES
ACCIONES
1. Asistir al Coordinador General en todas las cuestiones concernientes a
presentaciones en eventos institucionales.
2. Planificar y evaluar el desarrollo de eventos institucionales vinculados al
señor Gobernador.
3. Supervisar y coordinar todos los eventos institucionales que realicen los
organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
4. Planificar las políticas de imagen institucional del señor Gobernador.
5. Promover el desarrollo de sistemas de comunicación institucional que
incorporen técnicas modernas y nuevas tecnologías.
6. Promover el desarrollo del Portal Unico del Gobierno de la Provincia de
Buenos Aires.
7. Promover la coordinación de las páginas Web institucionales de las distintas
jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
8. Participar en los actos del Gobierno Provincial brindando el soporte técnico
necesario para la transmisión de información que se genere.
9. Promover el acceso multimedia necesario en los eventos de carácter
institucional de la Provincia de Buenos Aires, en coordinación con la Dirección
Provincial de Comunicaciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación.
10. Promover la coordinación de los lineamientos comunicacionales establecidos
por el señor Gobernador para las distintas jurisdicciones y organismos del
Poder Ejecutivo Provincial.
11. Asistir al Coordinador General en la transmisión, archivo, difusión e
impresión del material fotográfico generado por la Subsecretaría de Imagen,
Tecnologías y Relaciones Institucionales.
12. Impulsar el diseño de una comunicación visual integral.
SUBSECRETARIA DE
IMAGEN, TECNOLOGIA Y RELACIONES
INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE TECNOLOGIAS
INSTITUCIONALES
ACCIONES
1. Desarrollar soportes tecnológicos aplicados a la comunicación institucional
y supervisar su implementación.
2. Diseñar el Portal Único del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y
supervisarlo.
3. Coordinar las páginas Web institucionales de las distintas jurisdicciones y
organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
4. Asistir, mediante la utilización de soporte técnicos, en la transmisión de
información que se genere en los actos del Gobierno Provincial.
5. Asistir en las problemáticas vinculadas con la comunicación institucional
mediante la elaboración de soluciones informáticas.
6. Impulsar la elaboración y/o investigación sobre nuevas tecnologías que sean
útiles para el desarrollo de soluciones informáticas.
7. Coordinar con la Dirección Provincial de Comunicaciones, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General
de la Gobernación, el acceso a multimedia necesario en los eventos de carácter
institucional de la Provincia de Buenos Aires.
DIRECCION
PROVINCIAL DE TECNOLOGIAS INSTITUCIONALES
DIRECCION DE DESARROLLO E IMPLEMENTACION DE APLICACIONES
DE LA INFORMACION
ACCIONES
1. Implementar el Portal Unico del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
2. Brindar el soporte tecnológico necesario para la realización y organización
de eventos de carácter institucional.
3. Proponer soluciones informáticas a las problemáticas que surjan en relación
a la comunicación institucional.
4. Elaborar y/o realizar investigaciones sobre nuevas tecnologías que sean
útiles para el desarrollo de soluciones informáticas aplicables a la
comunicación institucional.
5. Brindar, de manera coordinada con la Dirección Provincial de Comunicaciones
dependiente de la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la
Secretaría General de la Gobernación, el acceso multimedia necesario en los
eventos de carácter institucional de la Provincia de Buenos Aires.
SUBSECRETARIA DE
IMAGEN, TECNOLOGIA Y RELACIONES
INSTITUCIONALES
DIRECCION PROVINCIAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Coordinar los lineamientos comunicacionales-institucionales establecidos por
el señor Gobernador para las distintas jurisdicciones y organismos del Poder
Ejecutivo Provincial.
2. Asistir en las trasmisiones televisivas de los distintos actos del señor
Gobernador.
3. Asistir la cobertura fotográfica de los distintos actos del señor
Gobernador.
4. Diseñar la transmisión, archivo, difusión e impresión del material
fotográfico generado por la Subsecretaría de Imagen, Tecnologías y Relaciones
Institucionales.
5. Diseñar e implementar una comunicación visual integral.
DIRECCION
PROVINCIAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL
DIRECCION DE TELEVISION Y COMUNICACION INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Coordinar la participación en todos los eventos en que participe el señor
Gobernador y que vayan a ser difundidos por medios televisivos.
2. Organizar la participación en la cobertura y difusión de las actividades del
señor Gobernador por medios televisivos, en coordinación con las áreas con
injerencia en la materia.
3. Diseñar sistemas de comunicación que contribuyan a la construcción de una
imagen institucional.
4. Coordinar la implementación del sistema comunicacional en todas las áreas
del Gobierno.
5. Organizar las estrategias de comunicación dentro de las distintas
jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Provincial.
DIRECCION
PROVINCIAL DE IMAGEN INSTITUCIONAL
DIRECCION DE COORDINACION FOTOGRAFICA
ACCIONES
1. Coordinar la participación de fotógrafos profesionales en todos los eventos
en que participe el señor Gobernador y que vayan a ser difundidos por medios
gráficos.
2. Asistir en todas aquellas sesiones fotográficas oficiales.
3. Organizar la participación en la cobertura y difusión de las actividades del
señor Gobernador por medios gráficos, en coordinación con las áreas con
injerencia en la materia.
ANEXO 2b
SUBSECRETARIA DE
MEDIOS
ACCIONES
1. Planificar el desarrollo de las políticas fijadas para el área de Prensa y
Difusión, evaluando y produciendo las informaciones que surjan de los análisis
pertinentes.
2. Coordinar la implementación y desarrollo de las pautas y mecanismos de
gestión apropiados para optimizar el accionar del organismo, de acuerdo con los
cometidos asignados.
3. Promover cursos de acción necesarios para garantizar la difusión y
conocimiento general de la actividad oficial, los actos de gobierno y la
información de interés público.
4. Planificar la cobertura periodística de los eventos, hechos o situaciones
relevantes en las que resulten partícipes las áreas que conforman el Poder
Ejecutivo Provincial.
5. Planificar convenios o acuerdos de intercambio de información que garanticen
la máxima difusión concerniente a hechos y actos del Gobierno.
6. Promover la distribución de información originada en los medios a las áreas
pertinentes del Poder Ejecutivo Provincial.
7. Diseñar mecanismos que permitan formular observaciones permanentes sobre la
evolución de la gestión.
SUBSECRETARIA DE
MEDIOS
DIRECCION PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION
ACCIONES
1. Implementar el desarrollo de las políticas fijadas para el área de Prensa y
Difusión, evaluando y produciendo las informaciones que surjan de los análisis
pertinentes.
2. Programar e implementar el desarrollo de pautas y mecanismos de gestión
apropiados para optimizar el accionar del organismo, de acuerdo con los
cometidos que le son asignados.
3. Proponer y programar los cursos de acción necesarios para garantizar la
difusión y conocimiento general de la actividad oficial, los actos de gobierno
y la información de interés público.
4. Organizar, instrumentar y supervisar las pautas referidas a la cobertura
periodística de los eventos, hechos o situaciones relevantes en las que resulten
partícipes las áreas que conforman el Poder Ejecutivo Provincial, con el
propósito de transmitir con claridad y transparencia a la opinión pública los
criterios de decisión y fundamento de las posiciones oficiales.
5. Asistir al Subsecretario de Medios en lo atinente a la aplicación de
políticas en materia de difusión radial oficial.
6. Asistir en el diseño y desarrollo de estrategias de difusión según la
fenomenología específica objeto de información, que contemplen la intervención
de distintos medios.
7. Proveer la información originada en los medios a las áreas pertinentes del
Poder Ejecutivo Provincial, a fin de que las mismas puedan evaluar el perfil de
exposición que las afecta según la problemática en debate.
8. Implementar los mecanismos que permitan formular observaciones permanentes
sobre la evolución de la gestión, con el objeto de detectar los desvíos,
efectuar las rectificaciones y adoptar las medidas conducentes para alcanzar
mayor eficiencia comunicacional.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION
DIRECCION DE DIFUSION DE ACTOS OFICIALES
ACCIONES
1. Ejecutar las políticas fijadas por la superioridad para el área de difusión.
2. Analizar e informar sobre los distintos tipos de artículos periodísticos o
de otra índole que ingresan y egresan del Organismo, realizando los controles
de calidad del mensaje, así como también programar y mantener actualizado el
registro de comunicados y declaraciones oficiales.
3. Proponer y desarrollar campañas de difusión para comunicar acciones de la
Administración Provincial centralizada y descentralizada.
4. Asesorar a los organismos y jurisdicciones que integran el Poder Ejecutivo
Provincial, sobre la precisión comunicacional que debe observar la información
pública, de modo de garantizar la máxima comprensión de los segmentos
poblacionales a quienes se dirigen los mensajes oficiales.
5. Producir material de difusión atendiendo a las necesidades prioritarias
expuestas por los órganos y jurisdicciones del Poder Ejecutivo Provincial.
6. Organizar un archivo documental del material de prensa y difusión de la
Provincia, a fin de preservar una memoria institucional que cumpla los fines de
consulta y revisión.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PRENSA Y DIFUSION
DIRECCION DE PRENSA
ACCIONES
1. Realizar una efectiva comunicación de los hechos, actos, planes, programas y
objetivos del Gobierno Provincial, dentro y fuera de su territorio.
2. Organizar la cobertura periodística y la divulgación de la información
requerida por los distintos sectores provinciales y municipales.
3. Dinamizar la relación institucional con los distintos medios de prensa con
actuación en la jurisdicción provincial, a fin de disponer de una red de
difusión que atienda las necesidades de divulgación de información de interés
general, particular o regional, asistencia en emergencias, distribución de
gacetillas de prensa, entre otros.
4. Coordinar y articular con otras jurisdicciones y con los medios de prensa,
los servicios de apoyo necesarios para asegurar el mayor alcance de las
distintas acciones de gobierno y actividades del señor Gobernador.
5. Proporcionar la infraestructura necesaria para que los medios vean
facilitada su intervención en las distintas dependencias en las que se
desarrollen actividades oficiales.
SUBSECRETARIA DE
MEDIOS
DIRECCION PROVINCIAL DE PUBLICIDAD OFICIAL
ACCIONES
1. Ejecutar los programas de publicidad y comunicación oficial conforme las
instrucciones impartidas por la superioridad, observando los plazos y
previsiones legales al efecto vigentes.
2. Instrumentar los métodos y procedimientos idóneos para proveer el servicio
de publicidad en tiempo y forma óptima, garantizando la razonabilidad de las
contrataciones que a tal fin se dispongan, con el propósito de asegurar el
alcance de las comunicaciones oficiales.
3. Registrar a los medios de comunicación que contrate la Provincia, fijando
los requisitos para la admisión de los efectores y estableciendo políticas de
actualización permanente de la información patrimonial, técnica, impositiva y
de otra naturaleza que resulte exigible.
4. Proponer y diseñar programas a corto, mediano y largo plazo en materia de
contrataciones publicitarias con el fin de optimizar la aplicación de los
recursos, reducir costos y seleccionar adecuadamente los medios con relación al
receptor de los mensajes oficiales.
5. Establecer mecanismos de control de gestión para medir la eficiencia de las
medidas adoptadas y orientar la toma de decisiones al máximo nivel de
conducción.
6. Proponer y ejecutar las medidas que resuelvan la puesta en marcha de
métodos, tramitaciones y soportes documentales, que se consideren aconsejables
para obtener la máxima economía en los procedimientos.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PUBLICIDAD OFICIAL
DIRECCION DE COORDINACIÓN OPERATIVA DE PUBLICIDAD OFICIAL
ACCIONES
1. Coordinar los pedidos de contratación de publicidad oficial de los distintos
sectores de la Administración Provincial centralizada y descentralizada, a
efectos de verificar y evaluar la propuesta publicitaria en su faz técnica y
económica.
2. Desarrollar en los casos que así lo requieran, el diseño de la publicidad de
los organismos solicitantes.
3. Administrar la publicación de avisos en tiempo y forma entre los medios
escogidos por la superioridad, teniendo en cuenta su inscripción registral.
4. Proponer criterios de selección racional en la asignación de órdenes de
publicidad.
5. Obtener y mantener actualizada la información de acceso público y privado
referida a rating, circulación y demás unidades de medición de alcance de los
medios, con el objeto de establecer relaciones costo/beneficio en la selección
de medios para publicitar información oficial.
6. Elaborar toda la información requerida por la superioridad para un adecuado
seguimiento y control publicitario de los medios.
7. Planificar estrategias de gestión comercial para optimizar el presupuesto
asignado, manteniendo actualizada la información tarifaria.
8. Confeccionar un sistema informativo para emisión y control de órdenes de
publicidad con numeración correlativa.
9. Desarrollar las labores concernientes al mantenimiento, actualización y
administración del Registro de Medios.
SUBSECRETARIA DE MEDIOS
DIRECCION PROVINCIAL DE RADIO PROVINCIA
ACCIONES
1. Programar, ejecutar, atender y controlar la administración de prensa radial,
manteniendo permanentemente relación con los servicios informativos de los
distintos medios de comunicación masiva nacionales, provinciales y extranjeros,
en forma directa o a través de los periodistas acreditados.
2. Organizar, programar e implementar la prestación de los servicios de apoyo necesarios
para la difusión de las distintas acciones, ejecutando en tiempo y forma y de
acuerdo a los lineamientos programáticos, las actividades periodísticas y de
divulgación de la información.
3. Organizar, programar y planificar el funcionamiento de la emisora LS 11
Radio Provincia de Buenos Aires y de la FM 97.1, coordinando, elaborando y
proponiendo las medidas de optimización que resulten necesarias.
4. Fiscalizar la documentación informativa y de divulgación que ingresa y
egresa de la repartición, efectuando los análisis, estudios y consultas
necesarias, previos a su autorización.
5. Planificar, coordinar, supervisar y controlar las partidas presupuestarias
asignadas a la repartición en coordinación con la Subsecretaría Administrativa
y de acuerdo a las determinaciones de la normativa vigente, como asimismo
atender todas las actividades inherentes a la administración de la emisora, su
planta de personal, elementos técnicos y bienes patrimoniales.
6. Planificar, programar y autorizar la publicidad y la propaganda a emitir por
LS 11 Radio Provincia de Buenos Aires, como así también la lista de precios a
presentar en el COMFER.
7. Autorizar convenios y contratos artísticos que genere la emisora como así
también órdenes de publicidad.
DIRECCION PROVINCIAL
DE RADIO PROVINCIA
DIRECCION DE PRODUCCION RADIAL
ACCIONES
1. Organizar, coordinar y controlar la producción e irradiación de audiciones
radiales a fin de contribuir a la información, educación y cultura de los
habitantes de la Provincia de Buenos Aires.
2. Fiscalizar el debido cumplimiento de las disposiciones emanadas del Comité
Federal de Radiodifusión (COMFER) y de otros organismos que regulen la materia,
dictando pautas y normas de programación radial de acuerdo con la política
fijada por el Gobierno Provincial.
3. Evaluar periódicamente la marcha de la emisora y sugerir a la superioridad
todas las modificaciones necesarias para un mejoramiento artístico,
periodístico, administrativo y técnico.
4. Aprobar, una vez confeccionada, la programación mensual de la emisora y
autorizar su irradiación.
5. Producir y generar espacios informativos sobre el acontecer nacional,
provincial, internacional y local, como también sobre las actividades
políticas, culturales, deportivas, sociales y todo tema de interés comunitario.
6. Proyectar y elaborar la programación de la emisora de acuerdo a las pautas
dadas por la Dirección Provincial, con el objeto de cumplir los objetivos
institucionales de la Radio en cuanto a la difusión de contenidos de interés
social, cultural, artístico y educativo.
7. Producir los distintos espacios que integran la programación de la emisora,
estableciendo y coordinando con el cuerpo de productores, las tareas a realizar
para conformar el contenido y garantizar la calidad de los espacios.
DIRECCION
PROVINCIAL DE RADIO PROVINCIA
DIRECCION DE GESTION COMERCIAL
ACCIONES
1. Programar, ejecutar, atender y controlar la gestión comercial de espacios y
convenios de coproducción de las emisoras de AM y FM.
2. Organizar y desarrollar el plan estratégico de comercialización de las
emisoras de AM y FM.
3. Implementar las estrategias comerciales para la comercialización y
publicidad de las emisoras AM y FM de acuerdo a los lineamientos programáticos
de la superioridad.
4. Controlar la ejecución y comercialización de espacios y convenios de
coproducción de las emisoras de AM y FM.
ANEXO 2c
SUBSECRETARIA
ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Asistir al Coordinador General en la elaboración del proyecto de presupuesto
anual.
2. Autorizar, intervenir, coordinar y fiscalizar los cursos de acción
necesarios para llevar a cabo la gestión económico-financiera de la Unidad.
3. Programar, conducir, ejecutar y controlar las acciones y tareas relacionadas
con los aspectos presupuestarios, contables, patrimoniales, económicos y
financieros de la Unidad.
4. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores
asignados a las dependencias de la Unidad.
5. Gestionar las compras y ejercer su debido seguimiento a fin de satisfacer
los requerimientos de la Unidad, por medio del Plan Anual de Compras y
Contrataciones, de acuerdo a la normativa vigente.
6. Coordinar, organizar y administrar el registro patrimonial de los bienes
muebles e inmuebles, según las normas vigentes, y coordinar el funcionamiento y
supervisión de todos los sectores a su cargo.
7. Coordinar todas las actividades relacionadas con la administración del
personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales, ejerciendo el
debido control de la asistencia, confección y archivo de legajos y demás
actividades vinculadas al tema.
SUBSECRETARIA
ADMINISTRATIVA
DIRECCION DE CONTABILIDAD Y CONTRATACIONES
ACCIONES
1. Programar y confeccionar el proyecto de presupuesto anual.
2. Controlar y elaborar informes de avances relacionados con la ejecución
presupuestaria, a fin de detectar posibles desvíos del presupuesto y proponer
acciones correctivas.
3. Organizar, efectuar y supervisar las operaciones y registros
presupuestarios, contables y financieros.
4. Coordinar con la Delegación de la Dirección Provincial de Personal el
control y verificación de la liquidación de haberes.
5. Proceder a la liquidación de los gastos originados en la Unidad.
6. Efectuar el registro patrimonial de bienes muebles, inmuebles y semovientes
según las normas vigentes.
7. Elaborar los estados contables mensuales y el cierre anual del ejercicio
económico a fin de su presentación ante los Organismos de Control.
8. Coordinar y organizar la recepción de fondos asignados y disponer su
depósito en cuentas fiscales.
9. Administrar los fondos y valores ejerciendo el debido control de ingreso y
egreso.
10. Mantener actualizado el registro de documentos otorgados en garantía.
11. Efectuar los pagos a proveedores con sujeción a las normas legales
vigentes.
12. Realizar las conciliaciones bancarias de las cuentas de la Unidad.
13. Realizar la gestión administrativa vinculada con la adquisición de bienes y
servicios a fin de satisfacer los requerimientos de las dependencias de la
Unidad Gobernador, de acuerdo a normas procedimientos y disposiciones vigentes.
14. Confeccionar, cuando resulte necesario, los pliegos de contrataciones y
licitaciones.
15. Realizar las actividades relacionadas con la publicidad de los actos
licitatorios.
16. Gestionar la intervención de los Organismos de Control de la Provincia para
la autorización y aprobación de las actuaciones según la normativa vigente.
17. Emitir las correspondientes órdenes de compra.
18. Controlar el cumplimiento de las órdenes de compra, dictaminando y
proponiendo la aplicación de sanciones cuando corresponda.
19. Organizar y actualizar el registro de proveedores de la Unidad.
20. Controlar la recepción, y ubicación ordenada según pedido de los elementos
ingresados, organizando el funcionamiento de los depósitos y almacenes.
21. Mantener actualizado un inventario permanente de los bienes y asegurar los
stocks mínimos necesarios para el normal desenvolvimiento de las áreas de la
Unidad.
SUBSECRETARIA
ADMINISTRATIVA
DELEGACION DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
ACCIONES
1. Intervenir en las actuaciones relacionadas con la gestión de los recursos
humanos.
2. Supervisar el cumplimiento de las normas vigentes y de aplicación en cada
una de las áreas vinculadas con los derechos y deberes del personal.
3. Organizar, coordinar y supervisar las actividades relacionadas con la
confección de un registro integrado de las plantas funcionales, ingreso,
movimiento y asignación del personal, carrera, incentivos, evaluación de
desempeño, elaboración de planes de formación y capacitación del personal, y
concursos de acuerdo a normativa vigente.
4. Formular y coordinar convenios con universidades, instituciones públicas o
privados y todo organismo con interés en la temática de recursos humanos.
5. Coordinar con la Dirección de Contabilidad y Contrataciones, la
implementación de un sistema de control y verificación de la liquidación de
haberes.
6. Controlar el efectivo cumplimiento y observación del régimen horario y de
las normas de asistencia y puntualidad, tomando intervención en el otorgamiento
de permisos, comisiones y pedidos de licencias previstos por los textos legales
vigentes.
7. Confeccionar legajos de cada agente manteniendo actualizada la información,
e intervenir en la certificación de servicios y trámites necesarios para el
otorgamiento de los beneficios jubilatorios.
8. Asistir y crear condiciones laborales favorables que conlleven al desarrollo
del comportamiento creativo y de motivación para los equipos de trabajo,
proponiendo distintos cursos de acción para difundir las políticas y objetivos
de la Unidad Gobernador.
9. Asesorar al personal con relación a los servicios de cobertura por riesgos
del trabajo, como así también seguro de vida vigente, bonificaciones y
beneficios al personal.
SUBSECRETARIA
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADA, DESPACHO Y ARCHIVO
ACCIONES
1. Organizar y controlar el registro de la totalidad la correspondencia,
expedientes y documentación recibida, en circulación y despachada.
2. Mantener un registro actualizado de las actuaciones que permita informar
sobre el estado de los trámites, atendiendo al archivo de los mismos.
3. Confeccionar los expedientes de aquellos trámites administrativos que se
inicien en la Unidad, respetando el cumplimiento de las pautas formales.
4. Instrumentar y mantener un servicio de entrega en forma y tiempo para todas
las dependencias de expedientes, actuaciones y sobres en los lugares de destino
determinados.
5. Atender la recepción, distribución e intervención de los proyectos y actos
administrativos, verificando la correcta aplicación de la normativa vigente.
6. Intervenir y protocolizar los actos emanados del Subsecretario.
ANEXO 2d
COORDINACION
GENERAL UNIDAD GOBERNADOR
DIRECCION PROVINCIAL DE CEREMONIAL Y AUDIENCIAS
ACCIONES
1. Organizar, coordinar y supervisar las actividades relacionadas con el
protocolo de los actos oficiales, ceremonias y reuniones que se lleven a cabo
en la Gobernación.
2. Supervisar la organización de los actos de presentación de credenciales y el
trámite de invitaciones que reciba el señor Gobernador.
3. Asistir en la atención de las audiencias solicitadas al señor Gobernador.
4. Atender las relaciones que debe mantener el señor Gobernador con entidades
públicas y privadas, cuerpo diplomática acreditado y la comunidad en general,
en razón de su investidura.
DIRECCION
PROVINCIAL DE CEREMONIAL Y AUDIENCIAS
DIRECCION DE PROTOCOLO
ACCIONES
1. Asistir en las actividades relacionadas con el protocolo en los actos
oficiales, ceremonias y reuniones que se lleven a cabo en la Gobernación, como
así también en los distintos municipios a los cuales asista el señor Gobernador
y/o cualquier otra autoridad provincial que así lo requiera.
2. Tramitar y controlar las invitaciones que reciba el señor Gobernador.
3. Coordinar las audiencias solicitadas al señor Gobernador, organizar su
atención y atender a las distintas delegaciones que concurran a las mismas.
4. Prestar asistencia técnica a los organismos provinciales.
COORDINACION
GENERAL UNIDAD GOBERNADOR
UNIDAD DE LOGISTICA
ACCIONES
1. Organizar y ejecutar el traslado de funcionarios integrantes de la Unidad
Gobernador.
2. Organizar, coordinar y supervisar las distintas comisiones de personal que
acompañen al señor Gobernador y sus Ministros y Secretarios en las distintas
actividades oficiales.
3. Coordinar el plantel de choferes que prestará servicio a las tres
Subsecretarias dependientes de la Unidad Gobernador.
4. Reglamentar el uso y trato de los vehículos oficiales asignados a la Unidad
Gobernador.
5. Coordinar y programar distintas medidas para optimizar el personal a su
cargo y el buen uso de los vehículos oficiales asignados a la Unidad
Gobernador.
6. Realizar y supervisar el mantenimiento primario de los vehículos que
pertenezcan a la Unidad Gobernador.