LEY 13777
Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 14234
EL SENADO Y
CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LEY
ARTÍCULO 1.- (Texto
según Ley 14234) Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el
inmueble ubicado en el partido de Pergamino designado catastralmente como:
Circunscripción I, Sección F, Manzana
ARTÍCULO 2.- Los bienes declarados de utilidad pública citados en el
ARTÍCULO 1°, serán adjudicados en propiedad y a título oneroso por venta
directa a la “Cooperativa de Trabajo Ex Empleados de Supermercados San Cayetano
Pergamino Limitada”, Matriculada en el Instituto Nacional de Asociativismo y
Economía Social (INAES), dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de
ARTÍCULO 3.- El Organismo de Aplicación de la presente Ley, será
determinado por el Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 4.- Autorícese al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto
General de Gastos y Cálculo de Recursos, para el ejercicio vigente las
adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la
presente Ley.
ARTÍCULO 5.- La escritura traslativa de dominio, a favor de los
adquirentes será otorgada por ante
ARTÍCULO 6.- Exceptúese a la presente Ley de los alcances del ARTÍCULO
47 de
ARTÍCULO 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestra página web en su versión PDF.