DEROGADO POR DECRETO 437/11

 

La Plata, 3 de junio de 1993

 

 

                                 VISTO, el Decreto-Ley Nº 7385/68 referido a la organización de la COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, su Decreto reglamentario Nº 4686/68 y demás normas que determinan sus competencias, y

 

 

                                 Considerando:

 

 

                                 Que es necesario dotar a este organismo de una estructura orgánico-funcional acorde con los objetivos y finalidades que determinaron su creación.

 

                                 Que en esta etapa de la Reforma del Estado resulta imprescindible enmarcar las actividades del organismo teniendo en cuenta la trascendencia científica y técnica de, su labor.

                                 Que las autoridades del mismo han consensuado en el Consejo Asesor de la Reforma del Estado y procedimientos Administrativos el desarrollo estructural que en este acto de aprueba, atendiendo  a las restricciones que impone la necesaria economía de recursos y las disposiciones establecidas en el Decreto Nº 18/91.

                                 Que el presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 28 y concomitantes de la Ley Nº 11.175.

 

                                 Por ello,

 

                                 EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

                                                                       DECRETA:

 

ARTICULO 1º: Apruébase la estructura organizativa de la COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, de acuerdo al Organigrama, Metas, Acciones y Tareas que, como Anexos I, II, III Y IV, forman parte integrante del presente Decreto.

 

ARTICULO 2º: Reemplázase la estructura orgánico-funcional de la COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, en las partes que corresponden, por el ordenamiento aprobado en el artículo 1º del presente acto.

 

ARTICULO 3º: Determinase que el cargo de Secretario Administrativo del organismo tendrá remuneración equivalente a la de los señores Directores Provinciales y Generales.

 

ARTICULO 4º: Determínase  para el ámbito del organismo antedicho los siguientes cargos: Director del Servicio de Planificación y Coordinación Científica y Tecnológica y Director de Administración : Jefe del Departamento de Promoción Científica, Jefe del Departamento Planificación y Coordinación Científica y Tecnológica, Jefe del Departamento Recursos Humanos, Jefe del Departamento Servicios Generales, Jefe del Departamento Contable y Jefe del Departamento Despachos, Jefe de la División Tesorería, Jefe de la División Liquidaciones, Jefe de la División Compras y Jefe de la División Personal, todos ellos equivalentes a los niveles escalafonarios previstos para la Administración Central, con arreglo a las partidas presupuestarias previstas para e organismo y en los términos del Decreto – Ley Nº 7385/68, en un todo de acuerdo con lo pautado en el artículo 17 del Decreto Nº 18/91.

 

ARTICULO 5º: LA COMISION DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS procederá a aprobar, a través del Ministerio de la Producción, previa intervención de la Dirección Provincial del Personal de la Provincia y de la Subsecretaría de Finanzas, las Plantas Globales de Personal por Agrupamientos, Plantas Globales de Personal Permanente con Estabilidad por Categorías, Redesignación de los Agentes en Dichas Plantas, y Asignación de tareas, todo ello en concordancia con la estructura aprobada, en los términos del Decreto Nº 18/91, del Decreto Nº 1559/92 y demás normativas vigentes, en un plazo no mayor a los treinta (30) días corridos a partir de la aprobación del presente decreto, debiendo comunicar en forma fehaciente dicho acto al CONSEJO ASESOR DE LA REFORMA DEL ESTADO Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, dentro de los quince (15) días de producido el mismo.

 

ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrenado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción.

 

ARTICULO 7º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.

 

 

SECRETARIA ADMINISTRATIVA

 

METAS

 

1.      Organizar, coordinar, implementar y fiscalizar las actividades de apoyo técnico y administrativo del Organismo.

2.      Coordinar las investigaciones científicas y el desarrollo tecnológico.

3.      Organizar y fiscalizar la prestación de los servicio administrativos, contables y de servicios auxiliares.

4.      Implementar y fiscalizar la prestación de las tareas de servicio, planificación y coordinación científica y tecnológica en los diferentes regímenes legales en  que se encuentran comprendidos los recursos humanos dedicados a la investigación.

5.      Participar de las reuniones del Directorio y Grupo Asesor  redactar las actas de las mismas.

6.      Prestar asesoramiento al Directorio, Presidente, Grupo Asesor, Comisiones Asesoras Honorarias y demás sectores del Organismo.

 

SECRETARIA ADMINISTRATIVA

 

DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN

 

ACCIONES:

 

1.       Organizar y coordinar las tareas referentes a los diferentes regímenes legales en que se encuentran comprendidos los recursos humanos dedicados a la Investigación.

2.       Fiscalizar la aplicación de los procedimientos correspondientes al ingreso en los regímenes vigentes para el personal dedicado a la investigación (Carrera del Investigador, becas, pasantías, subsidios y personal de apoyo).

3.       Organizar y fiscalizar los registros de antecedentes curriculares del personal dedicado a la investigación, implementando los mecanismos de difusión y promoción de los resultados de la labor científica y tecnológica realizada y/o promovida por la Comisión y de las actividades de competencia  del Organismo.

4.       Coordinar y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en convenios suscriptos por la Comisión con otros organismos y de los planes implementados para su desarrollo.

5.       Coordinar pautas y acciones tendientes a obtener información precisa de las necesidades provinciales de conocimientos científicos (básicos y ambientales), tecnológicos ( demandas de diversos tipos), recursos humanos en relación con los problemas a encarar y realizar evaluaciones de las posibilidades de los mercados nacionales y externos para productos elaborables en la Provincia.

6.       Organizar los programas de investigación y desarrollo e implementar los mecanismos para su puesta en marcha, fomentando estudios tendientes a determinar cuales son las dificultades y trabas para la exportación de productos elaborados con materia prima provincial.

 

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

 

1.      Organizar, coordinar, implementar y fiscalizar la prestación de los servicios administrativos, contables y auxiliares del Organismo.

2.      Organizar las tramitaciones administrativas de su competencia, implementando su sustanciación, como así también fiscalizar la confección  de proyectos  de actos administrativos, con toda la documentación previa, su compilación y registro.

3.      Fiscalizar la aplicación de las normas vigentes en materia de administración de los recursos humanos.

4.      Coordinar los servicios de Contabilidad, Tesorería, Contrataciones, Liquidaciones, Rendiciones de Cuentas y Registro Patrimonial, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes para las Direcciones de Administración Contables.

5.      Fiscalizar la prestación de los servicios de Despacho y Personal.

6.      Implementar y fiscalizar la prestación de los servicios de mantenimiento, vigencia, limpieza, transporte y comunicaciones del Organismo.

 

DIRECCIÓN DEL SERVICIO, PLAIFICACION Y COORDINACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

 

DEPARTAMENTO: PROMOCION CIENTÍFICA

 

TAREAS:

 

1.      Ejecutar las tareas relacionadas con la promoción y difusión se las actividades de competencia del Organismo.

2.      Compilar el material informativo necesario para efectuar la promoción y difusión de las actividades de Investigación científica y tecnológica.

3.      Recopilar el material que será objeto de publicación.

4.      Prestar el servicio de reproducción de material bibliográfico de carácter científico y tecnológico.

5.      Efectuar la distribución de las publicaciones realizadas.

6.      Intervenir en las tareas de organización y desarrollo de las reuniones y congresos científicos que realice la Comisión.

 

DEPARTAMENTO: PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

 

1.        Elaborar los programas de investigación y desarrollo y proponer los mecanismos para su puesta en marcha, como así también coordinar las acciones de investigación y desarrollo para hacer más eficiente el uso de los Recursos Humanos.

2.        Mantener los contactos necesarios externos (cooperación de universidades,  agencias, etc. ) para la elaboración de planes y proyectos de investigación y desarrollo.

3.        Elaborar las propuestas necesarias a fin de determinar la integración de los comités asesores por programa y/o por área geográfica de cada programa.

4.         Mantener actualizado y fluido el contacto con los grupos  de investigadores vinculados a los programas.

5.        Organizar el intercambio de información entre los distintos proyectos.

6.        Intervenir en tareas de organización y de funcionamiento de las Comisiones Asesores Honorarias del Organismo.

 

DEPARTAMENTO RECURSOS HUMANOS

 

1.      Realizar las tareas vinculadas con la administración de los recursos humanos dedicados a la Investigación, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes.

2.      Intervenir en los procedimientos administrativos correspondientes al ingreso en los regímenes vigentes para el personal de Apoyo a la Investigación y desarrollo, becarios, pasantes e investigadores.

3.      Compilar y mantener actualizado el banco de datos y antecedentes curriculares de los investigadores científicos, becarios, pasantes y personal de apoyo.

4.      Intervenir en el control del cumplimiento de las obligaciones de los investigadores y de becarios, de entrenamientos, estudio y perfeccionamiento.

5.      Intervenir en el otorgamiento de subsidios para investigación a Centros de Investigación y Desarrollo propios y asociados y a investigadores.

6.      Computarizar los resúmenes de los informes producidos por los investigadores científicos y el personal de apoyo a la investigación y desarrollo.

 

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

 

DEPARTAMENTO SERVICIOS GENERALES

 

1.      Realizar el mantenimiento de edificios e instalaciones, reparaciones menores, albañilería, plomería, gas, pintura electricidad, carpintería etc. en Sede Central y Centros  Tecnológicos, como asimismo, proponer la realización de reparaciones que no pueden efectuarse por medio del Departamento.

2.      Efectuar el mantenimiento de la flota de vehículos afectados al Organismo, así como la prestación de servicios de transporte y/o  cargas generales.

3.      Realizar trámites correspondientes a seguros de automotores, `personas y objetos transportados en los mismos, como así también efectuar el suministro, control de combustibles, repuestos, cubiertas etc. y llevar estadísticas conexas. 

4.      Realizar tareas de parquización y jardinería de espacios verdes, limpieza integral de Sede Central y Centros de tecnología, efectuando el aprovisionamiento de los elementos necesarios para ello.

5.      Prestar los servicios de limpieza y vigilancia de la Sede Central y sus Centros de Tecnología, como así también de mensajería y atención del conmutador telefónico de la sede central.

6.      Controlar el ingreso de mercaderías. Útiles de oficina, artículos de limpieza etc. que se encuentran en depósitos instalados para dicha finalidad.

7.      Solicitar los servicios de mantenimiento de ascensores, relojes de control de asistencia del personal, máquinas de escribir, calderas, aire acondicionado, teléfonos servicios públicos etc, verificando y conformando los gastos por dicho servicio.

8.      Atender el manejo de caja chica para gastos menores.

 

DEPARTAMENTO CONTABLE

 

1.      Realizar las tareas de contrataciones, liquidaciones de viáticos y haberes de personal y proveedores.

2.      Efectuar la ejecución y control del presupuesto asignado al Organismo mediante registración analítica con sistema computarizado.

3.      Realizar las tareas correspondientes a la Tesorería confeccionar cheques, registrar en libros Banco y  efectuar conciliaciones bancarias de todas las cuentas.

4.      Tramitar, cobrar y  depositar en las distintas cuentas los aportes de Tesorería General , de Lotería de la Provincia, de aranceles por servicios realizados en los Centros Tecnológicos dependientes y otros conceptos.

5.      Preparar la documentación para enviar a la Contaduría General de la Provincia ( rendiciones de cuentas, cierre de ejercicio y proyectos de presupuesto).

6.      Cumplimentar las tareas del Registro Patrimonial del Organismo.

 

DEPARTAMENTO CONTABLE

 

DIVISIÓN TESORERIA

 

1.      Efectuar los pagos de sueldos, proveedores, servicios y otros conceptos, con la correspondiente registración contable en libros bancarios.

2.      Realizar la ejecución y control de la contabilidad del movimiento de fondos.

3.      Llevar el control e intervención de las cuentas fiscales y conciliaciones bancarias.

4.      Realizar los pagos y controles sobre el funcionamiento de Cuentas de Terceros Especiales para los Centros de Tecnología del Organismo.

5.      Llevar a cabo la atención, elaboración y preparación de rendiciones de cuentas ante Organismos legales de contralor y remisión al H Tribunal de Cuentas.

6.      Preparar información mensual a Contaduría General de la Provincia, sobre conciliaciones bancarias con sus respectivos resúmenes.

7.      Preparar los envíos postales y/o  encomiendas a distintas localidades bonaerenses correspondientes a pagos de sueldos de investigadores, becarios, pasantes y profesionales.

8.      Efectuar la elaboración  presentación de resúmenes sobre retenciones en concepto de anticipo Impuesto a los Ingresos Brutos y deposito de los mismos ante Delegación de Rentas.

9.      Efectuar cobros y depósitos de aranceles por servicios realizados en los Centros de Tecnología dependientes.

 

DIVISIÓN LIQUIDACIONES

 

1.      Confeccionar las planillas mecanizadas de sueldos de personal, carrera del Investigador, subvenciones (personal de apoyo) , becas y pasantías.

2.      Llevar el control y ejecución de convenios, prórrogas de becas y pasantías.

3.      Efectuar la preparación de pedidos de fondos rubros personal, carrera del Investigador y transferencias para financiar erogaciones corrientes.

4.      Confeccionar liquidaciones de viáticos. Servicios extraordinarios, salarios y todo otro adicional del personal.

5.      Realizar la confección y control de seguros del personal de planta permanente y becarios ante Instituciones oficiales autorizadas.

6.      Efectuar la confección de circulares y estadísticas de sueldos para Organismos de control.

7.      Confeccionar certificaciones de sueldos, evacuar consultas sobre liquidaciones de haberes de Planta Permanente y Carrera del Investigador.

8.      Mantener el archivo de documentación.

 

DIVISIÓN COMPRAS

 

1.      Ejecutar todas las tareas necesarias para llevar a cabo contrataciones de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes.

2.      Realizar las tareas previstas por la normativa aplicable para la adquisición de elementos, bienes y/o prestación de servicios.

3.       Efectuar el control y trámites de las contrataciones referidas a las Cuentas de Terceros Especiales de los Centros de Tecnología dependientes de la Comisión.

4.      Efectuar el control y archivo de documentación y/o expedientes por adquisiciones directas, licitaciones privadas o públicas.

5.      Preparar y controlar los pedidos de fondos ante la Tesorería General de la Provincia.

 

DEPARTAMENTO DESPACHO

 

1.      Intervenir en la recepción, registro, salida y archivo de la documentación administrativa a través de la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo del Organismo.

2.      Confeccionar los proyectos de actos administrativos.

3.      Mantener el archivo de las actuaciones administrativas del Organismo.

4.      Preparar el despacho de la Dirección  y de las comunicaciones y notificaciones del Organismo.

5.      Intervenir en la aplicación de las normas vigentes en materia de administración de los Recursos Humanos.

6.      Coordinar los cursos de capacitación que se dicten para agentes del Organismo y sus Centros Tecnológicos.

7.      Atender los servicios de correspondencia postal y de teles del Organismo.

8.      Programar las tareas necesarias para obtener la extensión de las credenciales de los agentes e investigadores en carácter de Delegación CIC ante el IOMA.

 

DEPARTAMENTO DESPACHO

 

DIVISIÓN PERSONAL

 

1.      Controlar diariamente el horario de asistencia del personal , procediendo a la registración y comunicación de las novedades en Sede Central y Centros Tecnológicos.

2.      Controlar e informar en lo concerniente a licencias medicas, anuales, especiales, inasistencias, accidentes laborales, incapacidades psicofísicas, etc. conforme alas normas legales vigentes.

3.      Confeccionar estadísticas de dotaciones, ausentismo y de otro tipo que requieran las autoridades de diversos organismos,

4.      Comunicar mensualmente las bajas y licencia sin sueldos al IOMA, confeccionando asimismo fichas para afiliados obligatorios.

5.      Confeccionar y actualizar legajos de personal Ley 10.430, Investigadores y Personal de Apoyo, como así también confeccionar certificados para jubilación, prestación de servicios, horarios, antigüedad, situaciones de revistas y otros  que se requieran.

6.      Mantener actualizado el registro de dotación de personal, ubicación , funciones, movimientos de agentes, y registros de los que perciban distintos adicionales, bloqueo de título reintegros, guarderías, etc.

7.      Tramitar credenciales de funcionarios y demás agentes.

8.      Completar y distribuir hojas de calificaciones, efectuar los trámites pertinentes y confeccionar los actos administrativos aprobatorios.

9.      Confeccionar actos administrativos relacionados con ceses por jubilación , retiros voluntarios, incapacidades, fallecimientos Y todo otro referido  a novedades en la situación del personal.

10.  Confeccionar planteles básicos para su respectivas aprobación, y diligencias tofo tipo de actuaciones que se refieran al Recurso Humano asignado.

 

 

 

 

 

 

 

 

 


ANEXO I

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES