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Fundamentos de la Ley 13375
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Toda gestión gubernamental debe estar avalada por un eficaz sistema de control que permita lograr una adecuada exposición de los actos de gobierno ante los contribuyentes, que hoy más que nunca, exigen de los mismos la mayor transparencia. Es frente a los ciudadanos, en definitiva, ante quienes deben rendir cuenta los responsables del manejo de los asuntos públicos. La función de los organismos de la Constitución, por lo tanto, debe independizarse lo más posible de las estructuras administrativas tradicionales, sin llegar con ello a otorgarles potestades que puedan convertirlos en una suerte de poder omnímodo. Por el contrario, debe dotárselos de un marco de actuación independiente, amplio, con facultades claramente delimitadas por la norma y sujetos a los controles republicanos. Es evidente, que sin una independencia funcional, poco podrán hacer estos organismos al encontrarse severamente limitados en sus potestades por aspectos que hacen a lo esencial de su funcionamiento, esto es la posibilidad de contar con los medios para cumplir con sus altas funciones. Por supuesto, que esta independencia conlleva la que debe tener el propio personal de estos órganos, el que debe poder dictaminar sin que con ello vea en peligro su estabilidad, condición imprescindible para lograr un grado de excelencia que permita alcanzar las metas indicadas precedentemente. Por lo hasta aquí expuesto, es que solicitamos se acompañe con voto favorable la presente iniciativa.
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