LEY 15023

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Modifícase el artículo 6° de la Ley 15005, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 6°: Selección, designación y remoción. El Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires selecciona a los funcionarios y empleados de la Policía Judicial de conformidad a los términos de esta ley y de la reglamentación que él dicte, mediante procesos que contemplen los principios de concurrencia y publicidad, y propone su designación y remoción a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en virtud de lo establecido en el art. 161, inciso 4°, de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires”.

ARTÍCULO 2°.- Modifícase el artículo 19 de la Ley 15005, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 19: Funciones. La Subdirección Técnico Científica tiene las siguientes funciones:

1. Practicar los análisis e investigaciones técnicas y científicas que les ordenen los representantes del Ministerio Público Fiscal, de conformidad con las reglas del arte y el procedimiento legal aplicable, ejecutando y haciendo ejecutar las instrucciones que a ese fin les impartan sus superiores.

2. Elaborar propuestas para su constante desarrollo, capacitación y equipamiento.

El Procurador General podrá adecuar las funciones de esta Subdirección conforme a los requerimientos técnicos y científicos que demanden las investigaciones”.

ARTÍCULO 3°.- Modifícase el artículo 20 de la Ley 15005, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 20: Requisitos. Los integrantes de la Subdirección Técnico Científica deben poseer capacitación especializada y/o superior en la materia, en la disciplina que se desarrolle en los gabinetes del área”.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los doce días del mes de abril del año dos mil dieciocho.