LEY 2944
Construcción de un nuevo pabellón e instalación de talleres y enfermería en el Presidio de Sierra Chica.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir la suma que fuera necesaria, destinada a la construcción de un nuevo pabellón, instalación de talleres y enfermería, en el Presidio de Sierra Chica.
ARTÍCULO 2.- Esta suma se imputará a esta Ley y se pagará de Rentas Generales.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.