DEROGADO POR LEY 8900

 

DECRETO-LEY 7855/72

 

Exención del pago de impuestos y tasa de sellos a la ejecución del Plan de Viviendas Económicas Argentinas (V.E.A.).

 

LA PLATA, 29 de MARZO de 1972.

 

VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por De­creto 717/971 artículo 1º, apartado 9.2. y la Política Nacional núme­ro 119, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase que los actos, contratos y operaciones que el Banco Hipotecario Nacional celebre con empresas que intervienen en la ejecución del Plan de Viviendas Económicas Argentinas (V.E.A.), se encuentran exentos del pago de impuesto y tasa de sellos.

 

ARTÍCULO 2.- Exímase del pago del impuesto a las actividades lucra­tivas a las empresas que contraten con el Banco Hipotecario Na­cional la ejecución del Plan de Viviendas Económicas (V.E.A.), en lo que respecta, exclusivamente, a los ingresos brutos provenientes de esa actividad.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.