DEROGADO POR LEY 8900
DECRETO-LEY 7855/72
Exención del pago de impuestos y tasa de sellos a la ejecución del Plan de Viviendas Económicas Argentinas (V.E.A.).
LA PLATA, 29 de MARZO de 1972.
VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 717/971 artículo 1º, apartado 9.2. y la Política Nacional número 119, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Declárase que los actos, contratos y operaciones que el Banco Hipotecario Nacional celebre con empresas que intervienen en la ejecución del Plan de Viviendas Económicas Argentinas (V.E.A.), se encuentran exentos del pago de impuesto y tasa de sellos.
ARTÍCULO 2.- Exímase del pago del impuesto a las actividades lucrativas a las empresas que contraten con el Banco Hipotecario Nacional la ejecución del Plan de Viviendas Económicas (V.E.A.), en lo que respecta, exclusivamente, a los ingresos brutos provenientes de esa actividad.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.