DEROGADA POR LEY 8899

 

LEY 8530

 

Declarando de utilidad pública y sujetos a expropiación, inmuebles ubicados en la localidad de Alejandro Korn, Partido de San Vicente.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AI­RES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujetas a expropiación las partes que se indican en el artículo 2°, de los inmuebles ubicados en la localidad de Alejandro Korn, Partido de San Vicente, con denomina­ción catastral: Circunscripción VIII, Sección D, Manzana 71, Parcela 8a, Subparcela 00,01 y Parcelas 12 a, 22 a y 23 b.

 

ARTÍCULO 2.- Las partes de las Parcelas son las que se estipulan a con­tinuación: de la Parcela 8 a Subparcela 00-01: 422,39 metros cuadra­dos de superficie total de 476,84 mts. cuadrados: de la Parcela 12 a 281,52 metros cuadrados de su superficie total de 1.405,29 metros cua­drados; de la Parcela 22 a, 158,39 metros cuadrados de su superficie total de 512,37 metros cuadrados y de la Parcela 23 b, 105,23 metros cuadrados de su superficie total de 559,51 metros cuadrados, lo que hace una superficie total a expropiar de 967,53 metros cuadrados y lo que en más o en menos resulte de la mensura a practicar.

 

ARTÍCULO 3.- El bien a expropiarse que determina el artículo 1°, será destinado a la apertura de un pasaje, como continuación de la calle Perú entre las calles Florida y Carola Lorenzini, con un ancho de nueve metros. Los gastos que demanden los trabajos de apertura del mismo, correrán por cuenta y serán realizados por la Municipalidad del Partido de San Vicente.

 

ARTÍCULO 4.- Establécese un plazo de tres (3) años para la realización de los trabajos que determina el artículo 3°.

 

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.