Fundamentos de la

 Ley 10179

 

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

            Por el presente proyecto de ley el Poder Ejecutivo, propicia un incremento salarial de carácter general, del 12% sobre las remuneraciones vigentes al 30 de junio del corriente año, para el personal de la Administración Pública provincial acompañando, de este modo, la política salarial fijada por el gobierno nacional para el mes de julio del corriente año.

            Con respecto al personal jerarquizado superior ya los cargos sin estabilidad comprendidos en el artículo 13 del Decreto-Ley 8.721/77, se ha determinado una ubicación salarial distinta para algunos de ellos, adecuando sus remuneraciones según la naturaleza de sus funciones durante los períodos democráticos.

            Asimismo se ha dado un tratamiento especial a las remuneraciones del Poder Judicial y de la Carrera Profesional Hospitalaria.

            Ratificando lo anunciado con respecto a la recuperación del salario real del sector público se establece un adicional especial remunerativo del 14% para los regímenes cuyas remuneraciones han quedado mas rezagadas.

            En aquellos casos en que el retraso con respecto al nivel inflacionario del primer semestre del año fue menor se ha previsto otorgar una compensación consistente en una suma fija de $a 2.500 mensuales, atendiendo prioritariamente la retribución de las categorías con menores ingresos.

 

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.