LEY 7129

 

Desafectando la expropiación dispuesta por Decreto 22698/948 con destino a la construcción del Aeródromo Provincial de Pedro Luro, Partido de Villarino.

           

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÌCULO 1.- Desaféctase de la expropiación dispuesta, por Decreto 22698/948, con destino a la construcción del Aeródromo Provincial de Pedro Luro, Partido de Villarino, 28 hect. 37 as. 54 cs., que forman parte de la parcela 1.806 a y 32 hect. 19 as. 82 cs., que forman parte de la Parcela 1.807 a, de la Circunscripción XIV, del Partido de Villarino por no ser necesarias para la construcción de la precitada obra.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar la devolución de las superficies desafectadas, a sus ex propietarios, previo rein­tegro de los importes percibidos oportunamente como indemnización de los mismos.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.