LEY 7092
Declárase de utilidad pública fracción de tierra ubicada en la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública la fracción de tierra ubicada en la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, designada catastralmente como: Circunscripción VI, Sección H, Chacra 48, Parcela lb; inscripta en el Registro de la Propiedad al folio 6096, del año 1953, a nombre de Ana Carmen Emilia Marcone y Benvenuto de Treviso o quien o quienes resulten sus legítimos propietarios.
ARTÍCULO 2.- Acuérdase autorización a la Municipalidad de General Pueyrredón para que, en cumplimiento de la Ordenanza 2492, proceda a expropiar el bien individualizado en el articulo anterior.
ARTÍCULO 3.- La Municipalidad de General Pueyrredón destinará la fracción mencionada, a la habilitación de una plaza pública, de acuerdo a lo establecido en la citada Ordenanza.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.