LEY 2564
Límites del Partido de Colón.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Quedan fijados los límites del Partido Colón, en la siguiente forma:
Por el N.E., el límite N.E. de Samuel Hale y Alfonso y con las propiedades de Mariano J. Alfonso, Herminia Bett de Lucero, Melitón Espeleta, Manuel Aguilar, Manuel y Miguel Torres, Juana Cueto de Otaegui, Madariaga, Hermindo de la Serna y Melchor Echagüe; por el S.E., los límites S.E. de las propiedades de Hale, Olivera, Fernández, Sosa, Arce, Sierra, Duggan y el arroyo “Pelado”; por el S.O., el límite S.O. de Duggan, y por el N.O., la línea límite con la Provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.